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LA FISCALÍA SOLICITÓ EL DESAFUERO DEL INTENDENTE DE GUALJAINA

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Defraudación contra la Administración Pública

El 5 de marzo había sido fijada la audiencia preliminar pero el abogado Defensor anticipó que José Carlos Duscher no se presentaría amparándose en sus fueros constitucionales. Este miércoles se realizó una audiencia en la que Martín Zacchino solicitó que se inicie el trámite legal de desafuero del imputado de modo urgente. La Juez Carina Estefanía anticipó que resolverá según lo solicitado por el Ministerio Fiscal, aunque su resolución recién la leerá el lunes próximo a las 12:35 hs. en la Sala 2. También dispuso que los plazos procesales se suspenden desde el momento en que el Defensor presentó su escrito.

El Dr. Marcelo Macayo, en representación del intendente Duscher, ratificó los términos del escrito que presentó en el mes de febrero, cuando solicitó de la Juez que se suspenda el proceso hasta el 10 de diciembre de 2011, momento en que expirará el mandato que actualmente ejerce. El letrado sostuvo que su planteo hace pie en una cuestión de “pleno derecho” y agregó que no se opone a que la Fiscalía solicite el trámite de desafuero.

 

Zacchino realizó una serie de consideraciones en relación a las particularidades de este caso, diferenciándolo de los procesos llevados contra otros intendentes de la circunscripción. También aclaró que la Constitución habilita a que por petición de la Fiscalía, pueda solicitarse el desafuero del Intendente, habilitando su arresto en caso que este no concurriera ante un llamado de la justicia. “Lo planteo como un resorte necesario para que el Ministerio Público Fiscal pueda también constitucionalmente dar acabado cumplimiento al mandato constitucional. De otro modo no podría la Fiscalía culminar acabadamente un proceso ante la reticencia de un funcionario público que, como se dice popularmente, se ampara en sus fueros para no hacerlo”, sostuvo Zacchino. Así el Fiscal solicitó a la Juez que requiera del Concejo Deliberante de Gualjaina el tratamiento del pedido de desafuero presentado por la Fiscalía. Cumplido esto, que se celebre la audiencia preliminar, y si Duscher no asiste injustificadamente que sea llevado a los Tribunales por la fuerza pública.

 

La Dra. Carina Estefanía leerá su resolución el lunes 5 de abril a las 12:35 hs. Sin embargo anticipó que hará lugar al pedido del Ministerio Fiscal y dispondrá la suspensión de los plazos legales desde el día de la presentación del escrito del Dr. Macayo en el que se solicitó la suspensión del proceso. Si el Honorable Concejo Deliberante de Gualjaina rechazara el pedido de desafuero, la causa deberá aguardar a que el funcionario deje de cumplir funciones en un cargo electivo, al menos hasta el 10 de diciembre de 2011.

 

Para los investigadores, el Jefe comunal autorizó fondos municipales para el arreglo de un vehículo no oficial propiedad de un familiar suyo. Este es el primero de los hechos que se le imputan. El segundo está relacionado a los fondos autorizados para la construcción de dos viviendas. Con ese dinero se habría pagado a una empresa en concepto de materiales y mano de obra. Los datos obtenidos en la causa indican que no habría existido tal compra de materiales y que las viviendas habrían sido levantadas con mano de obra y maquinaria municipal.

En su acusación presentada hace algo mas de cuatro meses, la Fiscalía sostiene que “José Carlos Duscher, en su condición de intendente municipal procedió a defraudar a la corporación municipal al autorizar él mismo y valiéndose para ello del cargo detentado, mediante orden nº 894, el pago del arreglo de una camioneta marca JEEP Liberty modelo 2003 dominio EGE-704, reparación que ascendía a la suma de PESOS DIES MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE con ochenta y nueve centavos ($ 10.779,89) pago que le hiciera a la firma SICURANI S.R.L. el 24 de mayo de 2007 mediante cheque oficial nº 7444, mediante el ardid de asegurar que dicho vehículo era para uso oficial, a sabiendas de que el mismo era de propiedad de Luz Paola Duscher; que la autorización municipal otorgada por ordenanza nº 300/00 del 12 de diciembre de 2000 no comprendía ni incluía dicho vehículo, como así tampoco la Ordenanza HCD nº 444/2007 de fecha 2 de noviembre de 2007 y menos aún que se autorizaran reparaciones de dicho rodado particular a costa y/o con fondos municipales.”