Las juezas Servent y Trincheri no compartieron la resolución del juez Yangüela de otorgar salidas transitorias a Mario Esteller y afirmaron que el Juez de Ejecución, Gustavo Castro, debe resolver la cuestión. La Fiscalía volvió a reiterar que Esteller no puede gozar de salidas transitorias porque no cumple los requisitos necesarios.
Tras suspenderse la audiencia programada para el día miércoles porque los defensores de Esteller no asistieron a los Tribunales, las juezas Ana Laura Servent y Flavia Trincheri analizaron el caso y fundamentaron que tras el veredicto del Superior Tribunal de Justicia -que confirmó la condena a 9 años de prisión para Esteller-, en esta instancia procesal no cabe que el Dr. Horacio Yangüela desconozca tal confirmación de la sentencia, ya que la querella acompaño copia de la misma en su presentación. Cabe recordar que el juez Yangüela brindó inicialmente el beneficio de salidas transitorias a Esteller, medida que luego fue ratificada por las magistrados Marcela Pérez Bogado y Darío Arguiano, argumentando que el juez Gustavo Castro había ordenado el cese de las salidas transitorias de Esteller por medio de un oficio pero sin realizar la resolución escrita, y porque el Superior Tribunal de Justicia no había notificado a la Oficina Judicial de dicho cambio de calificación, aunque si había notificado tanto a la defensa como a la fiscalía y querella.
Además, en su resolución, tanto Trincheri como Servent afirman que en esta instancia procesal Esteller se encuentra a disposición del Juez de Ejecución y que el beneficio de las salidas transitorias “fue otorgado en el marco del computo de pena realizado en razón de la condena anterior, finalmente revocada y que a la postre devino abstracta”. De esta forma, las juezas ordenaron que la causa continúe con la intervención del juez de ejecución, Gustavo Castro.
Notificadas de esta resolución, la fiscal Marcela Pérez y la funcionaria Patricia Reyes solicitaron una nueva audiencia respecto al condenado Mario Esteller. “Solicitamos a Su Señoría –Juez de Ejecución Gustavo Castro- suspenda y/o revoque de forma inmediata los beneficios que goza el condenado, por no ajustarse los mismos a la pena impuesta”. Ello en atención que Mario Esteller no cumple con los requisitos para que se otorgue dicho beneficio, en atención a que la legislación vigente -ley 24.660 en su articulo 15 a 17- establece claramente que el detenido debe haber cumplido la mitad de su condena para acceder a las salidas transitorias. “Claramente no se da en el caso, pues la mitad de 9 años son 4 años y 6 meses y Esteller solo cumplió un poco más de 2 años preso” explicaron desde la Fiscalía. “Por todo lo expuesto entendemos que Mario Esteller no esta en condiciones de seguir gozando el beneficio que se le otorgara oportunamente, debiéndose revocar las salidas inmediatamente en concordancia con la legislación vigente en la materia” finalizó el escrito presentado por la Fiscalía ante el Juez Castro. De esta forma, el juez Gustavo Castro deberá tratar las cuestiones planteadas y analizar si a Esteller le corresponden o no las salidas transitorias.
DIFERENTES POSTURAS RESPECTO A LAS SALIDAS TRANSITORIASLa postura de los defensores Fabián Gabalachis y Gustavo Latorre, aceptada por el juez Horacio Yangüela y avalada por los jueces Marcela Pérez Bogado y Darío Arguiano, para otorgarle salidas transitorias a Mario Esteller, es porque si bien el Superior Tribunal de Justicia revocó la condena en segunda instancia –que tenía una calificación menor y condenaba a Esteller a una pena a 4 años- por la pena de 9 años por homicidio simple; dicha sentencia no se encuentra firme. De esta forma, consideran que la situación de Esteller debe continuar como si estuviera condenado con la pena de 4 años hasta que la resolución del Superior Tribunal se encuentre firme. Es por ello que el magistrado, al igual que los defensores, entienden que a Esteller le corresponden las salidas transitorias ya que en ese caso si habría cumplido la mitad de la condena. En cambio, tanto la fiscalía como la querella –representada por el doctor Carlos Villada-, al igual que el juez Gustavo Castro y las jueza Ana Laura Servent y Flavia Trincheri, consideran que con la resolución del Superior Tribunal de Justicia de Chubut, dicha condena a 4 años se revoca y a Esteller no le corresponden las salidas transitorias pues no alcanza a cumplir la mitad de la condena a 9 años. Dos posturas distintas ante un mismo caso.
Anexo, texto con PEDIDO FISCALÍA