

En una audiencia de revisión desarrollada en horas de esta mañana, Daniel Eugenio Ruiz, quien habría producido quemaduras a su concubina, fue informado de su continuidad en prisión, según lo determinado por el Juez, Sergio Piñeda, subrogando a la Jueza natural de la causa, Patricia Asaro.
En la oportunidad, el Ministerio Público Fiscal, a través de la Fiscal General Jefe, Mirta Moreno, acompañada por la Funcionaria de Fiscalía, Claudia Ibáñez, ratificó la imputación que le cabría a Ruiz, la que fue calificada como homicidio agravado por haber sido cometido con ensañamiento, en grado de tentativa, arts. 80, inciso 2do., 42 y 45 del Código Penal.
En tal sentido, se adelantó la presentación de la acusación respectiva, lo que se produjo posteriormente. Esto, sumado al estado de gravedad en el que permanece la víctima del episodio, hacen que se complique la situación del imputado, que además tiene antecedentes en igual tenor al hecho producido en esta oportunidad.
La Doctora Moreno enumeró los elementos, tanto documentales como testimoniales, que acreditan el grado de probabilidad de autoría de Ruiz, quien el sábado 13 de agosto, antes de las 8, comenzó a tener una violenta discusión con Yanina Treuquil, dentro de la vivienda ubicada en el barrio Tiro Federal de Trelew, mas precisamente en la cocina de la casa. La tensión fue creciendo hasta tal punto que el imputado, con pleno conocimiento de lo que hacía, golpeó en la cabeza con un sartén a su pareja.
Producto de la agresión, aquella cae desvanecida al piso, y es en esas circunstancias cuando el imputado, teniendo a la víctima sin posibilidades de defenderse ni resistir cualquier otro ataque, conociendo el alto poder vulnerante del líquido inflamable que se encontraba dentro de una botella de plástico, tamaño chico, lo derramó sobre las ropas y el cuerpo de la mujer, para luego, usando algún elemento ígneo, prender fuego a la misma.
Transcurrido unos momentos, mientras el fuego ardía en las ropas y el cuerpo de la víctima, Ruiz le arrojó agua para apagar las llamas, levantándola luego del piso, salió de la vivienda y se dirigió hasta la casa de un vecino, requiriendo si podía llevar a la señora hasta el hospital, expresando solamente que se había quemado. De inmediato buscaron a la mujer y fueron al nosocomio, lugar donde el agresor bajó, dejándola al cuidado de los médicos, para irse posteriormente de allí. Debido a la agresión recibida, la mujer padece actualmente quemaduras de tipo A, AB, B y C en el 90 por ciento del cuerpo.

Mas allá de la probabilidad de autoría, la Doctora Moreno argumentó sobre la subsistencia de los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento, recalcando la gravedad del hecho y la posibilidad de influencia sobre los testigos. Reiteró los antecedentes de Ruiz, recordando la condena del 2 de septiembre de 1991 por homicidio simple, a once años de prisión, acusado de haber dado muerte a Silvia Vargas, seccionando luego en partes su cuerpo, el que guardó en tres bolsas esparcidas por diferentes lugares, afirmando que esto no puede dejar de tenerse en cuenta al momento de resolver sobre la situación, solicitando la mantención de la prisión preventiva.
La defensa, que llevó adelante Sergio Rey, atinó a relativizar la situación de la víctima, prefiriendo ser optimista en cuanto a las posibilidades de mejoría para un futuro, a la vez que desestimó la presentación de antecedentes que datan de hace veinte años y por lo que su cliente purgó de acuerdo a lo dispuesto por la Justicia.
El Juez, Sergio Piñeda, acordó con el Ministerio Público Fiscal en valorar el grado de probabilidad de autoría, la gravedad de lo sucedido y en cierta medida valoró los antecedentes esgrimidos, considerando la existencia de los riesgos procesales, imponiendo la continuidad de la prisión preventiva, al menos hasta la realización de la audiencia preliminar, previa al juicio oral y público correspondiente.