Así lo resolvió la Juez Penal Raquel Tassello luego de la realización de la audiencia de control de detención y formalización celebrada en la Oficina Judicial de Monseñor D’andrea y Portugal. El hecho está relacionado con el homicidio de Denis Haro, ocurrido en la madrugada del 10 de febrero pasado en el barrio Moure de nuestra ciudad. El Ministerio Público Fiscal fue representado por el Dr. Mariano Nicosia, Funcionario de Fiscalía y la defensa de las tres imputadas, María Teresa Segovia Cárcamo, Ana María y Carolina Myburg, a cargo de una abogada de la Defensa Pública. La calificación legal provisoria del hecho es de “portación ilegítima de arma de guerra en calidad de coautoras” para las tres imputadas.
En el comienzo de la audiencia, luego de la presentación de las partes, el representante de Fiscalía realizó un relato sucinto del hecho que se investiga. En virtud de haberse recibidos varios llamados en dependencia policial que daban cuenta de diversos disparos de armas de fuego entre bandas antagónicas, personal policial se constituye en el lugar, constata la presencia de al menos cuatro personas con armas de fuego, quienes reciben a la fuerza preventiva con disparos, lo cual es investigado en otro legajo judicial. Alguno de los individuos se escabullen en casas de vecinos, ante lo cual el Oficial a cargo decide dejar una consigna en el lugar y proceder a tramitar las Órdenes de allanamiento, detención y requisa correspondientes. Aproximadamente a las 7.30 hs. el consigna informa que un vehículo Ford Fiesta se retira del lugar con tres personas de sexo femenino en su interior. Se procede entonces a interceptar el rodado con orden de registrar su interior e identificar a sus ocupantes, observándose detrás del asiento del acompañante delantero un arma de fuego y cargadores. El Dr. Nicosia requirió se formalice la investigación preparatoria respecto a las imputadas por el delito de “portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal, en calidad de coautoras”; solicitando el plazo de tres meses de investigación. Consideró también legal la detención de las imputadas y solicitó, evaluando las circunstancias del hecho, la calificación legal propuesta y la pena en abstracto que se espera, el arresto domiciliario para las imputadas por el tiempo que dure la investigación.
En contraposición la Defensa de las imputadas consideró excesivo el plazo de investigación solicitado y no compartió la legalidad de la detención, aduciendo que las medidas de coerción solicitadas por el Funcionario eran muy gravosas, sosteniendo que no existe el peligro de fuga ni de entorpecimiento, y solicitando una medida sustitutiva de presentarse periódicamente ante la autoridad que se designe y la prohibición de salir del país.
Seguidamente se les concedió la palabra a la imputadas , accediendo una de ellas declarar, realizando su correspondiente descargo. Finalmente la Juez Penal resolvió formalizar la apertura de investigación preparatoria del caso, dando por anoticiadas a las imputadas del mismo, asegurada su defensa técnica y otorgando al Ministerio Fiscal el plazo de 2 meses de investigación. Asimismo declarando regular la detención y decretando la libertad de las mismas ya que no compartió la calificación legal esgrimida por el Funcionario, considerando la misma como “tenencia de arma de guerra”, sin perjuicio de la evidencia posterior que pudiere recogerse a su respecto. En reemplazo, la Magistrada interviniente dispuso la obligación de las imputadas de presentarse cada 15 días en la sede del Ministerio Público Fiscal.