Comodoro Rivadavia

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Dictan prisión domiciliaria a imputada

Audiencia de revisión por el homicidio de Johana Bareilles

En horas de la mañana del viernes 29 se desarrolló la audiencia en relación el hecho acontecido el pasado 12 de febrero del presente año, que tiene como imputados a María Belén Silva y al menor E.A.B.

Presidió el acto José Rago, juez penal; Stella Maris Prada, funcionaria de fiscalía, actuó en representación del Ministerio Público Fiscal, en tanto que la defensa estuvo a  cargo de Matilde Cerezo.

La defensora solicitó la morigeración de la medida de coerción que pesa sobre Silva ya que posee un hijo menor de tres años, solicitando el arresto domiciliario para ella.

Por su parte la funcionaria de fiscalía se opuso a lo solicitado por la defensa, requiriendo la continuidad de la prisión preventiva de la imputada, basando esto en los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Se opuso a la medida de arresto domiciliario ya que no está acreditado el vínculo de su hijo con la debida documentación y que nunca convivió la imputada con él. 

Finalmente el juez penal resolvió morigerar la prisión preventiva que vine cumpliendo la imputada Silva por la modalidad de arresto domiciliario.

El hecho investigado acontece el pasado 12 de Febrero de 2012, siendo entre las 13:00 y 14:00 horas aproximadamente, en circunstancias en que Marina Belén Silva  y E. A. B. se encontraban junto a Johana Bareilles en la ladera del cerro ubicada en intersección de calles Díaz Vélez y Cabo Benítez de esta ciudad. Marina Belén Silva agredió con un arma blanca a Johana Bareilles con claras intenciones de darle muerte, provocándole varias heridas en miembros superiores y miembros inferiores. Estos le produjeron su óbito por un shock hemorrágico hipovolémico y paro cardio respiratorio en poco minutos. Encontrándose durante todo el accionar lesivo que le provocó la muerte el menor E. A. B., contribuyendo a la realización del suceso, por omitir prestar ayuda a la víctima y/o arbitrar los medios necesarios para que la autora material cesara la agresión. Tras el deceso de Johana Bareilles, Marina Belén Silva y E. A. B. huyeron del lugar dándose a la fuga. Calificando provisoriamente el hecho como “homicidio simple” en calidad de “autora” para Silva; y como “partícipe necesario” para el menor.

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