Veredicto de pena y sentencia completa en juicio por la causa “Emergencia Climática I” en Comodoro
El mediodía del presente jueves el tribunal de debate, luego de deliberar, dio a conocer el veredicto de pena y la sentencia completa en relación a la causa “Emergencia Climática I” en Comodoro. Teniendo como agravante común a todos los imputados la naturaleza de la acción, en función de la crisis humanitaria que travesaba la comunidad en la calamidad de la emergencia climática, que generó un estado de necesidad y esa situación fue aprovechada por los imputados. También por la extensión del daño causado por los funcionarios públicos que contribuyeron al hecho defraudatorio. Condenaron a Cristian Pérez a la pena de 3 años y 6 meses de prisión efectivos, a Javier Morales a la pena de 3 años y 8 meses de prisión efectivos. A Lobos Rosas a la pena de 3 años y 3 meses de prisión efectivos. A Roberto Monasterolo a la pena de 5 años de prisión efectivos; a Rubén Palomeque a la pena de 4 años de prisión, mas inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. Para Abel Boyero la pena de 5 años de prisión, más inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. Para Joaquín Mansilla la pena de 3 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo, mas inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. Para Sartori 3 años de prisión en suspenso, mas inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, igual que para Lara; imponiéndole a ambos reglas de conducta. Finalmente, para Van Heerden 2 años de prisión en suspenso más inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, al que también impusieron reglas de conducta. También el tribunal dispuso distintas sumas de dinero como restitución de bienes a la administración pública municipal e inhibición general de bienes para Pérez, Lobos Rosas, Morales y Monasterolo.
Seguidamente los representantes de fiscalía solicitaron la prisión preventiva para los condenados con prisión efectiva: Pérez, Morales, Lobos Rosas, Monasterolo, Boyero, Palomeque y Mansilla, en base a la gravedad del hecho, la pena en espera y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento. Por su parte las defensas se opusieron a este pedido ya que “el dictado de la preventiva sería un adelantamiento de pena y rige el principio de inocencia”. El tribunal resolvió “no estar de acuerdo con la postura de la fiscalía de que todas las personas que fueron condenadas con prisión efectivas pasen automáticamente a quedar detenidas”. Si comparten con los acusadores que debe garantizarse la buena marcha del proceso. Se ha incrementado el peligro de fuga, por lo que establecieron medidas sustitutivas a la prisión preventiva como prohibición de salir del país y presentaciones semanales ante la autoridad judicial para Pérez, Morales, Lobos Rosas, Monasterolo, Boyero, y Mansilla; para Palomeque solo la prohibición de ausentarse del país.
El tribunal de debate fue presidido por Mariano Nicosia, e integrado por Martín Cosmaro y Carlos Tedesco, jueces penales; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Cecilia Codina -en el veredicto de pena- y Cristian Olazabal – en el debate-, fiscales generales; acompañada por Fabiola López y Cristian Ovalle, funcionarios de fiscalía. La defensa de Boyero, fue ejercida por Guillermo Iglesias; la de Mansilla, Sartori, Van Heerden y Lara la ejerció María de los Ángeles Garro, y la de Palomeque por María Cristina Sadino, ambas defensoras públicas; la de Lobos Rosas y Morales por Juan Bill, e Ivo Di Taranto defiende a Cristian Pérez, abogados de la defensa pública; en tanto que la defensa de Monasterolo fue ejercida por Fabián Gabalachis, abogado particular del mismo.
Cabe mencionar que en la pasada audiencia de cesura de pena, teniendo en cuenta las circunstancias agravantes y atenuantes de cada uno de los condenados, el fiscal Olazabal solicitó la pena de 6 años de prisión para Boyero y Palomeque; 4 años y 10 meses para Sartori y Lara; 4 años y 4 meses para Van Heerden; de 5 años y 6 meses para Mansilla; de 5 años de prisión para Cristian Pérez; de 5 años y 6 meses para Monasterolo, de 5 años para Morales y de 5 años y 2 meses para Lobos Rosas, más la medida cautelar de inhibición general de bienes y costas del proceso para todos ellos.
Por su parte el defensor de Monasterolo se opuso a la inhibición general de bienes y, evaluando las circunstancias agravantes y atenuantes, requirió el mínimo de la pena para su asistido, 2 años de prisión y que la misma sea dejada en suspenso. Todas las restantes defensas solicitaron penas de dos años, el mínimo, y que la misma sea en suspenso, menos María de los Ángeles Garro que solicitó 2 años y 4 meses para Mansilla, a su vez Di Taranto solicitó 2 años y 3 meses para Cristian Pérez y Juan Bill de 2 años y dos meses para Lobos Rosas. Oponiéndose todos a la inhibición general de bienes para sus asistidos.
El pasado 8 de julio el tribunal dio a conocer la parte dispositiva del fallo que “sobreseyó” a los imputados Gonzalo Pérez y Julián Astiz, “declarando parcialmente nula la acusación en su contra”; y asimismo declaró a Palomeque y Boyero penalmente responsables del delito de “estafa en perjuicio de la Administración Pública”. En igual sentido, declararon responsables de fraude a Monasterolo, Morales, Cristian Pérez y Lobos Rosas, en cuanto a los inspectores Municipales Mansilla, Lara, Van Heerden y Sartori fueron penalmente responsables como “partícipes de fraude a la Administración Pública y falsedad ideológica de instrumento público”. Absolviendo por su parte a Herk ya que “la prueba en su contra es insuficiente”.
“Emergencia Climática I” en Comodoro:
La investigación se origina como consecuencia de la tormenta denominada “ciclón extra-tropical” que azotó nuestra ciudad entre los días 29 de marzo y 9 de abril de 2017 en la cual según el Servicio Meteorológico Nacional se produce la precipitación de casi 400 mm. de agua, que generó consecuencias nefastas en distintas zonas de la ciudad que anegó calles y viviendas. El 5 de abril de 2017 el Consejo Deliberante local declara la emergencia económica, social y administrativa y libera al Poder Ejecutivo local a cumplir con la Ordenanza Municipal de Contratos. Así con el fin de remover el lodo resultante de la tormenta se contratan desde el Municipio 197 empresas, horas máquinas y maquinaria vial. Se confeccionan partes diarios, fraguados, que eran autorizados para sus pagos por los funcionarios Boyero y Palomeque.
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