Puerto Madryn

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Madryn: Condenaron a un policía que cobró por cuidar una casa estando de turno

Despublicado

Era sargento de policía. Cobró $ 800 por custodiar una casa durante una noche, estando de turno. La ley dice que los “adicionales” los pueden hacer solamente personal de franco. Reconoció el delito y fue condenado mediante juicio abreviado.

Un sargento de la policía fue condenado por el delito de “exacciones ilegales”, al cobrar casi $ 800 por “cuidar” una casa durante una noche estando de turno, cuando la ley indica que los “adicionales” solo se podrán realizar de franco.

En enero del año 2011, luego que desconocidos le apedrearon la casa, un hombre requirió a los policías que se presentaron en su domicilio si lo podían custodiar por temor a sufrir nuevas agresiones. El oficial a cargo del grupo le respondió que no se podía quedar, salvo que le pagara. El vecino le entregó al oficial la suma de $ 480 por custodiar la casa desde la medianoche hasta las 4 de la mañana. Pero luego solicitó que si la custodia podía permanecer hasta las 6 de la mañana, a lo que el oficial le reclamó otro pago más de $ 300.

El dinero fue percibido en contravención a la ley XIX-N°4 de la Provincia del Chubut y su decreto reglamentario N°467/75, que establece que el servicio de policía adicional debe ser prestado sólo por personal franco de servicios y como un servicio extraordinario fuera del ejercicio normal de sus funciones, disponiendo su reglamentación que el pago del mismo deberá hacerse efectivo mediante depósito bancario y no en efectivo pagado directamente por los particulares.

En un “juicio abreviado”, presidido por el juez Horacio Yangüela, el sargento de policía reconoció el delito, y fue condenado a un año de prisión en suspenso e inhabilitación especial por la comisión de “exacciones ilegales”, previsto y reprimido por el artículo 268 de Código Penal. Al respecto, la ley dice que “el funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden” será reprimido con una pena de “prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial de uno a cinco años”. 

 

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