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SUSPENDIERON LAS SALIDAS TRANSITORIAS A TRANAMIL

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Caso Levicoy: Tranamil está condenado por homicidio en exceso de legítima defensa SUSPENDIERON LAS SALIDAS TRANSITORIAS A TRANAMIL

El juez Gustavo Castro suspendió las salidas transitorias para visitar a su familia a Jorge Tranamil, condenado por el “homicidio en exceso en legítima defensa” a Héctor Levicoy. Será por un mes, aunque continuará con sus salidas laborales. Es porque incumplió el horario de regreso. Por otro lado, el Superior Tribunal de Justicia debe resolver un recurso en dicha causa y confirmar si se trató de un “homicidio” o un “homicidio en exceso de legítima defensa”

El día viernes se realizó una audiencia en los Tribunales locales y el Juez Gustavo Castro resolvió suspenderle las salidas transitorias para visitar a su familia a Jorge Tranamil, quien está condenado por el “homicidio en exceso de legítima defensa” a Héctor Levicoy. Tranamil se encuentra cumpliendo salidas transitorias por haber cumplido la mitad de su condena a cuatro años y seis meses, aunque incumplió el horario de regreso a la comisaría tras visitar a su familia y regresó un día tarde. De esta forma, desde la unidad policial se elevó un informe al juez de ejecución Gustavo Castro y se realizó una audiencia para tratar dicha situación. Allí, la fiscalía solicitó que le sean revocadas las salidas transitorias para visitar a su familia. En cambio, la defensa y el imputado afirmaron que se trató de una confusión y pidieron continuar con el mismo beneficio. Finalmente, el juez de ejecución Gustavo Castro dispuso sancionar a Tranamil y suspenderle las salidas para visitar a su familia por el término de un mes.

EL HECHO

El homicidio de Héctor Levicoy ocurrió el 10 de febrero de 2008 frente a un local bailable que estaba ubicado en calle Mitre entre Sáenz Peña y Av. Irigoyen. Allí Levicoy habría sido arremetido por Jorge Tranamil y un menor de edad –inicialmente condenado pero luego absuelto en segunda instancia-, quienes lo golpearon y finalmente lo apuñalaron. Levicoy pudo llegar a pedir ayuda en un kiosco ubicado a pocos metros del lugar donde fue asistido, aunque falleció a las pocas horas producto de las lesiones recibidas. Tranamil fue condenado inicialmente a 20 años de prisión por homicidio, aunque en segunda instancia se cambió la calificación a “homicidio en exceso de legítima defensa” y penado a 4 años y 6 meses de prisión. Ante un recurso extraordinario presentado por el cambio de calificación, en el mes de septiembre del año 2010 se realizó una audiencia ante el Superior Tribunal de Justicia. Allí, tanto la Fiscalía como la Querella pidieron anular el fallo que cambió la calificación reduciendo la pena. En cambio, desde la Defensa se solicitó confirmar dicha sentencia y afirman que fue en legítima defensa. Al respecto, Tranamil había sido condenado inicialmente a 20 años de prisión como autor del homicidio pero luego del cambio de calificación dictado en segunda instancia, fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión por el homicidio de Héctor Levicoy.

HOMICIDIO EN EL CÓDIGO PENAL

El homicidio, según el artículo 79 del Código Penal Argentino, está penado con prisión de ocho a veinticinco años de prisión para “el que matare a otro”. Aunque la ley prevé atenuantes o agravantes en la pena según como sea cometido el crimen. Entre ellos, una de las calificaciones previstas es el “homicidio en exceso de legítima defensa”, con penas de entre dos y seis años cuando la muerte se produce en una pelea o riña entre más de dos personas. En este caso, la diferencia radica en que el tribunal de primera instancia entendió que el hecho por el cual resultó asesinado Levicoy, según lo postulado por la fiscalía y la querella, se trató de un homicidio y, en cambio, el tribunal de segunda instancia entendió que se trató de un homicidio producido en el exceso de la legítima defensa. Ahora, el Superior Tribunal de Justicia - la máxima instancia de justicia de la provincia - deberá resolver entre ambas posturas.

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INFORMACIÓN RELACIONADA: SE REVISÓ EL CASO LEVICOY ANTE EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTIICA: Posteado el septiembre 28th, 2010. http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=8375

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