CONFIRMARON LA PENA DE PRISION PERPETUA IMPUESTA A CLAUDIO LAMONEGA POR EL TRIPLE HOMICIDIO DE SARMIENTO
Por unanimidad, los jueces que integran la Cámara en lo Penal de Comodoro Rivadavia, confirmaron la pena de prisión perpetua, mas inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, que le fuera impuesta, a Claudio Norberto Lamonega, el 12 de diciembre del año pasado.
En Sarmiento, el tribunal de juicio, ya lo había declarado autor penalmente responsable de los asesinatos de Marisa Santos y sus hijos, Lucas y Victoria Ramis, ocurridos el 23 de noviembre del 2014.
En este marco, los magistrados Martin Monteneovo, Daniel Pinto y Guillermo Muller, informaron su veredicto e indicaron ,que rechazaban el pedido de nulidad requerido por el Defensor Público, Miguel Moyano.
En el análisis de las exposiciones de las partes, durante la audiencia de impugnación desarrollada la semana pasada, los jueces, concluyeron en que la prueba indiciaria, era seria, plural y concordante.
Asimismo, consideraron que por las características del hecho, era lógico que no existiera prueba directa. En este sentido, confirmaron que se logro probar, que no existo violencia en el ingreso, ni el egreso del asesino en la casa de las victimas
Con respecto a la calificación jurídica y la pena impuesta por los jueces Roberto Casal, Daniel Pérez y Marcelo Orlando, señalaron que no existía agravio constitucional.
Por último, convocaron a las partes a una nueva audiencia el próximo 16 de mayo , oportunidad en la que se leerán los fundamentos del fallo. En tanto, Lamonega, continuara privado de la libertad, en el Centro de Detención de Trelew.
En la sala de audiencias de la Cámara en lo Penal de Comodoro Rivadavia, se realizo una audiencia de lectura de resolución judicial. El tribunal fue representado por los jueces Guillermo Muller y Martin Montenovo.
Por la parte acusadora, presencio el acto la Fiscal jefe Andrea Vázquez y los abogados querellantes Manuel Mauriño y Oscar Herrera.
El condenado, Claudio Lamonega participo de la audiencia, mediante el sistema de videoconferencia desde la oficina judicial de Trelew. Fue asistido legalmente, por un abogado de la Defensa Publica, de dicha jurisdicción.
En la oportunidad, Montenovo, informo el análisis y los argumentos, referidos a los planteos que las partes realizaron el pasado miércoles, en el marco de la audiencia de pedido de impugnación.
En ese contexto, el abogado defensor Miguel Moyano, había manifestado que la Fiscalía y la querella, no pudieron probar durante el juicio, con el grado de certeza necesaria, la autoría responsable que se le achaco al imputado.
Asimismo, afirmo que el fallo condenatorio, se basaba en indicios, que no eran unívocos. En consecuencia, inducían al arribo de varias respuestas posibles.
Entre los cuestionamientos de Moyano, se destacaban el informe de la autopsia, la data de muerte y el informe mental presentado por el especialista en psiquiatría y psicología, Herminio Gonzales, médico forense del Cuerpo Médico Forense de la Circunscripción Judicial de Puerto Madryn
Según el abogado defensor, podía concluirse que las víctimas fueron ultimadas el 23 de noviembre del 2014, en una franja posterior a las 18:00. En este marco, sostiene que Lamonega, no se hallaba ese día y horario, en el lugar de los hechos.
Por su parte, la Fiscal Vázquez, contesto la impugnación ordinaria, y considero que el recurso debía ser rechazado, por no haber demostrado y no existir los motivos que prevén los artículos n° 375 y 376, del Código Procesal Penal.
Asimismo, peticiono que se confirme la sentencia dictada por los jueces del tribunal de juicio, en todos sus términos.
Con respecto, al debate sobre el horario de muerte de las víctimas, recordó que durante el juicio, quedo probado que las autopsias reflejan con claridad y certeza, la data de los decesos.
En este sentido, Vázquez señalo que el tribunal de juicio, arribo a la conclusión de que las pruebas científicas, confirmaron que los asesinatos ocurrieron, el domingo 23, entre las 3:25-último contacto de WhatsApp de Victoria, con una amiga- y las ocho de la mañana. En esa franja horaria, Lamonega, se hallaba en el interior de la vivienda.
EL FALLO DEL TRIBUNAL DEL JUICIO
El 12 de diciembre del año pasado, los jueces Roberto Casal, Daniel Pérez y Marcelo Orlando, informaron la sentencia condenatoria, contra Claudio Norberto Lamonega (50), autor de los asesinatos de Marisa Santos y sus hijos, Lucas y Victoria Ramis.
Por unanimidad, el tribunal le impuso la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas. La calificación jurídica, escogida por los jueces, fue la autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por alevosía, tres hechos en concurso real. Con relación a la víctima Marisa Ester Santos, agravado también por el vínculo. Todos agravados por el uso de arma de fuego.
En este contexto, aclararon las cuestiones referidas al análisis de indicios unívocos, que guardan completa armonía entre sí, y que los condujeron a las mismas conclusiones sobre el hecho investigado por el Ministerio Publico Fiscal.
En este sentido, expusieron que no hubo controversias entre las partes, sobre la materialidad de los hechos.
Con respecto a la autoría, los tres jueces, sostuvieron que el indicio de presencia de de Lamonega, en la casa de las víctimas el día de los hechos, se pudo probar, entre otras cosas, mediante la declaración del propio imputado, ante el juez de la etapa anterior.
En esa instancia, el apicultor, reconoció que había cenado con el grupo familiar y luego pernocto, junto Marisa Santos. Se retiro de la casa de la calle Sarmiento n°445, a las nueve horas, del domingo 23 de noviembre.
Las pruebas científicas, confirmaron que los asesinatos ocurrieron, el domingo 23, entre las 3:25-último contacto de WhatsApp de Victoria, con una amiga- y las ocho de la mañana. En esa franja horaria, Lamonega, se hallaba en el interior de la vivienda, concluyo el jurado.
Asimismo, sobre la participación del acusado, resaltaron el hallazgo de restos sangre de Marisa y su hijo Lucas, en la camioneta Renault Kangoo de la víctima, que fue conducida por el acusado, el domingo por la mañana.
Con respecto, al arma de fuego calibre 22 y el silenciador encontrado por los sabuesos de la División Canes de la policía, en el canal de riego secundario n°5, fue el propio Lamonega, quien durante una de las audiencias de debate, admitió que esos elementos, fueron propiedad de su padrastro.
Sobre los indicios de mala justificación, es decir, cuando el acusado incurre en una serie de explicaciones falsas, contradictorias o inverosímiles, el jurado, señalo varios puntos.
Al momento de acudir a la comisaria, el lunes 24 de noviembre del 2014, a las 15:00 horas, les dijo a los empleados policiales, que desde el viernes 21, no tenía contacto con su pareja.
En tanto, el siete de enero de este año, ante el juez Rosales, declaro que la noche del sábado 22, durmió junto a Marisa Santos.
También, el tribunal considero hubo una omisión maliciosa del acusado, al no informar a la policía, que su hijo lo había anoticiado de la presencia de la camioneta Kanggo , abandonada en la esquina de Perito Moreno y Uruguay.
En esta línea de análisis, subrayaron la comunicación telefónica, que Lamonega tuvo con la prima de Marisa Santos, a quien le manifestó "están los cuerpos adentro", cuando hasta ese momento, solo se sabía del hallazgo sin vida, de una sola persona.
Otras de las contradicciones valoradas, fueron en base al testimonio de un amigo del imputado, quien confirmo que Lamonega le relato, que al regresar a la casa de Marisa, controlo el aceite del rodado y le dio un masaje en las piernas a Victoria.
Para los jueces, si estas acciones ocurrieron dentro de la franja horaria, en la que fue filmado por las cámaras de seguridad, conduciendo la camioneta de la víctima y su propio rodado, inevitablemente debió haberse encontrado a los compañeros de colegio de Lucas, que lo esperaban afuera de su casa, para asistir a una maratón escolar obligatoria.
SIMULACION DE AFECTACION
Los jueces, consideran que Lamonega, simulo una afectación emocional, cuando los empelados policiales, lo anoticiaban del hallazgo de los cuerpos. Su actuación, no se condecía con los signos clínicos de pulsaciones cardiacas y saturación, informadas por el personal de salud del hospital.
Esta clara maniobra de simulación, coincide con los indicios de personalidad, descripto por siete testigos. Estos testimonios, definieron a Lamonega, como una persona: fría, calculadora, inteligente, callada y ermitaña.
Asimismo, se señalo que estas características son concordantes, con la falta de empatía y los mecanismos de su personalidad, que el especialista en psiquiatría y psicología, Herminio Gonzales, relato ante el tribunal, cuando brindo su declaración.
Como corolario de este análisis, agregaron la autopsia psicológica forense, realizada por el Equipo Técnico Multidisciplinario (ETM) de la Procuración, en el Departamento de Psicología Jurídica Forense.
En esta prueba, se determino el bajo riesgo de las víctimas, la puesta en escena y confirmo que el autor de los asesinatos, no era ajeno al grupo familiar.
Así las cosas, el tribunal resolvió imponer a Claudio Lamonega, la pena única de prisión perpetua, mas accesorias legales y costas. También mantener la medida de coerción de prisión preventiva, hasta que las sentencia quede firme.