Trelew

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El tribunal hizo lugar a planteo por plazos razonables y fueron sobreseídos los imputados en el caso Méndez

El planteo interpuesto por la defensa, una vez rechazada una cuestión anterior también presentada por la misma parte, esta vez tuvo una acogida favorable, aunque en forma dividida, mediante el voto emitido por los integrantes del tribunal, compuesto por los jueces Florencio Minatta y Rafael Luchelli, en tanto actuando como conjuez se desempeñó el abogado César Ayala.

  Justamente fue este último quien emitió su opinión desfavorable al vencimiento de los plazos razonables en la etapa preparatoria del juicio anterior, toda vez que esto mismo había sido elevado en tres oportunidades durante el proceso, rechazándose por última vez el 11 de agosto de 2009 con el doctor Alejandro Defranco como magistrado.

  Sin embargo, tanto Minatta como Luchelli, consideraron que se daban los motivos para dar validez a tal solicitud, dejando por lo tanto sin efecto la posibilidad de un nuevo juicio oral, donde se ventilara la muerte del jóven Oscar Rodrigo Méndez, quien con 17 años de edad fue hallado muerto el 10 de febrero de 2007 en la chacra nro. 94, ubicada al sudeste de Trelew.

  Una vez llevado adelante el juicio correspondiente, los doctores Darío Arguiano, Fabio Monti y Hernán Granda resolvieron la absolución de todos los imputados, basándose principalmente el fallo en el beneficio de la duda. Esto fue impugnado por la parte acusadora, el Ministerio Público Fiscal y la querella particular.

Los integrantes de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, Alejandro Panizzi, Daniel Rebagliatti Russell y Fernando Royer, emitieron su voto en relación a las impugnaciones presentadas, revocando parcialmente tal sentencia y determinando la realización de un nuevo juicio para los tres jóvenes involucrados.

Todo este proceso se da a partir de la acusación sobre tres imputados menores, en orden a los hechos en virtud de los cuales fueran calificados como constitutivos del delito de Homicidio en Agresión, en carácter de coautores conforme los arts. 95 y 45 del Código Penal.

  La decisión adoptada por este nuevo tribunal permite el sobreseimiento de los imputados, evitando de esta manera la realización de un nuevo juicio oral, del cuál se cumplía la tercera jornada, donde debía resolverse el planteo presentado por los abogados particulares Gabalachis y La Torre.

  Como ocurrió a lo largo del primer juicio, en este nuevo evento no se permitió el ingreso de público y especialmente de la prensa, por iniciativa de quienes estaban imputados, considerados menores al momento de los hechos y los representantes legales de éstos, es decir sus familiares directos. En las próximas horas se tendrán los fundamentos esgrimidos por los integrantes del tribunal para arribar a esta nueva determinación.

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