Trelew

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La Fiscalía pidió penas que van hasta los seis años de prisión para policías encontrados culpables por apremios ilegales en caso Aballay

  En la mañana de hoy, tal lo programado, tuvo lugar la cesura o debate de pena, donde las partes hacen saber sus pretensiones punitivas, de acuerdo a la responsabilidad que les cabe a los acusados, según el  veredicto emitido por el Tribunal de Enjuiciamiento el lunes pasado, relacionado con los apremios ilegales en perjuicio de los jóvenes Aballay por parte de policías de la seccional cuarta de Trelew, episodios ocurridos en la madrugada del 5 de septiembre de 2010.

Quiebre de confianza con la sociedad

   En tal sentido, el Ministerio Público Fiscal, representado por los Fiscales Generales Mirta Moreno y César Zaratiegui, solicitó penas que van de cuatro a seis años de prisión de efectivo cumplimiento, mas la inhabilitación especial por el doble de la pena que se les imponga a cada uno de los funcionarios policiales. Se tuvo en cuenta para tal solicitud, lo mesurado por los artículos 40 y 41 del Código Penal, los cuales entre otras cosas, mencionan las condiciones especiales de las personas, como es el caso de los integrantes de una fuerza pública de seguridad.

  Esgrimió el Fiscal Zaratiegui como agravante, la acción desproporcionada llevada adelante, teniendo en cuenta el evento que originara tal situación y enfatizó sobre el quiebre de confianza de la sociedad, que deposita su seguridad en una institución como la policial, que debería proteger a los ciudadanos y no usar las armas para tal fin en su contra.

  Así, para Jorge Abraham, responsable de vejaciones en concurso real con la privación ilegítima de la libertad en perjuicio de Sergio Aballay, pidió seis años de prisión de efectivo cumplimiento, dentro de una escala que tiene previsto un máximo de diez años. En lo que se refiere a Martín Paul Solís, por vejaciones contra Denis Aballay, habiendo pegado con tonfa y luego golpeado cuando el jóven estaba en el suelo, el pedido es de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento. Para ambos se aludió al art. 144 bis que habla de inhabilitación especial por el doble de la pena, dejando asentada tal solicitud.

  Sobre el oficial Diego Rey, autor de privación ilegítima de la libertad en concurso ideal con abuso de arma la solicitud alcanza a los cinco años de prisión, teniendo consideraciones similares para con el resto de los acusados. Rey era esa noche la autoridad superior, debiendo merecer una pena acorde al injusto cometido, a la vez de ser alcanzado por la inhabilitación especial.

  En tanto, para Analía Di Gregorio, encontrada responsable de encubrimiento agravado del delito de privación ilegítima de la libertad, se pidió una pena de cuatro años de prisión y para Carlos Omar Sandoval, cinco años de prisión, teniendo en cuenta que era el titular de la comisaría cuarta y se lo considera autor de encubrimiento agravado por pretender ayudar a Abraham y Rey a eludir las investigaciones. En este último caso, el artículo 279 habla de una inhabilitación que va de tres a diez años, solicitando el Ministerio Público la máxima establecida, que corresponde al doble de la pena, en caso de ser impuesta.

Efectivo cumplimiento

  El doctor Zaratiegui remarcó que las penas deberán ser de efectivo cumplimiento, según lo pedido, y existiendo el grado de certeza positivo, expuso que de ser acogida la petición efectuada, no podrían ser cumplimentadas en suspenso, por lo que indicó la posibilidad de la prisión preventiva, una vez que se expida el Tribunal, dado la existencia del peligro de fuga. Para esto último último tuvo en cuenta los hechos, de características graves y el daño surgido que se hace extensivo a todo el tejido social.

La querella

  La querella particular, ejercida por María Angélica Gómez Lozano, adhirió a las penas requeridas por el Ministerio Público Fiscal, mencionando el artículo 41, cuando hace alusión a los medios empleados por los funcionarios públicos, causando daño con su accionar fundamentalmente a la institución policial, lo que no podrá ser revertido a corto plazo. Destacó como motivos que los llevaron a delinquir la necesidad de mostrar poder a través del abuso de la fuerza, lo que no puede ser disculpado. Por último, la parte acusadora mostró su disconformidad con el concurso ideal fallado por los Jueces en el caso de los delitos cometidos por el oficial Rey, considerando que los mismos debieron ser imputados como concurso real, lo que agravaría la pretensión punitiva para con el funcionario.

Razonamiento diferente

  A su turno, la defensa, en la voz del abogado particular Fabián Gabalachis expuso que el razonamiento de esta parte es bastante diferente y ajustado a derecho, explayándose sobre diversos aspectos, dando a entender que en esta etapa siempre se habla poco y mal, cuando se realizan las solicitudes de penas, siendo lo más esperado por el imputado.

  Según el profesional, indefectiblemente habrá inhabilitaciones, pero consideró que será con la libertad de sus defendidos. Estimó que el accionar policial no causó daños síquicos ni físicos en las víctimas, especificando que al menos no quedaron certificados durante el juicio y señaló que los efectivos no poseen antecedentes penales, no han demostrado peligrosidad, tienen corta edad y recién están en los primeros escalafones de la carrera correspondiente a la institución, para tener en cuenta como atenuantes.

Solicitudes mínimas

  En definitiva, pidió para Abraham tres años de prisión y seis años de inhabilitación, Solís, un año de prisión y dos de inhabilitación, para Rey tres años y seis años respectivamente. Por otra parte, para Analía Di Gregorio el pedido fue el mínimo estipulado, esto es un año y dos meses de prisión y el doble de inhabilitación, en tanto para Sandoval, dos años de prisión y el mínimo que infiere el art. 279 para la inhabilitación, esto es tres años, para todos los casos en forma condicional, lo que dejaría sin efecto la posible prisión preventiva.

Veredicto de pena

  El Tribunal, integrado por los Jueces, Alejandro Defranco, Ivana González y Ana Laura Servent informaron que anticiparán un veredicto de pena, antes de la sentencia definitiva, el cuál será dado a conocer el miércoles 28 de marzo a las 12, al destacar la necesidad de manifestarse en torno a la posibilidad de prisión preventiva, en caso que alguna de las penas así lo merezca.

 Cabe destacar que se encontraban presentes en la sala del sexto piso los padres de las víctimas, tanto del caso Aballay como Antillanca, mas allá de la absolución resuelta por los magistrados en este último de los casos, que benefició a los acusados por la muerte del jóven Julián Antillanca, ocurrida también en aquella madrugada  del 5 de septiembre de 2010.

Analía Di Gregorio, acusada de encubrimiento  Oficial Diego Rey, otro de los encontrados culpables por delitos en concurso ideal  Comisario Carlos Omar Sandoval, responsable de encubrimiento  Los integrantes del Tribunal,doctores Defranco, González y Servent

 

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