De la mano de los Juicios por Jurados, aguarda su implementación lo establecido por el Artículo 173 de la Constitución de la Provincia del Chubut, el “Juzgamiento con vocales legos”. La Constitución dice que Para el juzgamiento de las causas criminales vinculadas a delitos dolosos cometidos por funcionarios públicos en perjuicio de la Administración Pública Provincial, los tribunales competentes se integran en forma minoritaria por vocales legos sorteados de una lista de ciudadanos que...