DEBATEN LA PENA PARA EL MENOR DE EDAD AUTOR DEL HOMICIDIO DE GUSTAVO ÑANCUAN
El tribunal colegiado, integrado por los magistrados, Jorge Criado, Ricardo Rolon y Oscar Colabelli (Circunscripción Judicial de Esquel), se encuentran deliberando, sobre si corresponde la imposición de pena, para un adolecente condenado como autor penalmente responsable del asesinato de Gustavo Ñancuan, ocurrido en marzo del 2014.
El Fiscal, Herminio Gonzales Meneses, solicito que se le aplique una pena de cinco años y cuatro meses de prisión, de cumplimiento efectivo. El defensor público Miguel Moyano, en tanto, considero que el adolecente cumplió de manera positiva con las medidas socioeducativas impuestas.
En consecuencia, peticiono a los jueces, el dictado de la eximición de pena. Mañana, a las 08:00, mediante el sistema de video conferencia, el tribunal informara su resolución.
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Sarmiento, se realizo una audiencia de debate de imposición de pena, con respecto a un joven condenado por el homicidio de Gustavo Ñancuan, ocurrido hace dos años en la zona céntrica de Sarmiento.
Desde la Oficina Judicial de Esquel, mediante el sistema de video conferencia, participaron los jueces Jorge Criado, Oscar Colabelli y Ricardo Rolon. El Ministerio Publico Fiscal, estuvo representado por el Fiscal Herminio Gonzales Meneses. El joven culpado, recibió el asesoramiento legal, del abogado de la Defensa Publica, Miguel Moyano.
En este contexto, Meneses, informo que en noviembre del 2014, se realizo un juicio oral y público, contra un grupo de imputados integrado por Miguel Ángel Aramayo (38), Ricardo Pineda (19) y Luciano Serapio (22), y el joven, que en ese momento, tenía 17 años de edad.
Al finalizar la etapa de debate, el tribunal integrado por los jueces, Daniel Pérez, Roberto Casal y Gustavo Castro, declararon al menor, autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
En tanto, los otros tres acusados, fueron hallados autores del delito lesiones leves en riña, agravadas por la participación de un menor y recibieron una pena de cuatro meses de prisión.
Asimismo, esta sentencia fue confirmada por los jueces, Pinto, Montenovo y Muller, de la Cámara en lo Penal de Comodoro Rivadavia, el17 de abril del año pasado.
En este sentido, también se indico que el 02 de julio del 2015, se impusieron una serie de medidas socioeducativas y reglas de conducta, que el adolecente debía cumplir por el plazo de seis meses.
Algunas de estas medidas, consistían en el mantenimiento de un trabajo, no cometer nuevos delitos, aprender un oficio en el Centro de Formación Profesional, informes psicológicos, presentación mensual al Servicio de Control del Patronato de Liberados y pedido de disculpas a los familiares de la víctima, en una audiencia judicial.
IMPOSICION DE PENA
Así las cosas, el representante de la Fiscalía, sostuvo que para debatir la imposición de pena, se deben cumplir los requisitos exigidos por el Régimen Penal de la Minoridad, Ley n° 2228.
Esta norma, en su artículo 4°, establece que: La imposición de pena respecto del menor estará supeditada a los siguientes requisitos: 1°) Que previamente haya sido declarada su responsabilidad penal y la civil si correspondiere, conforme a las normas procesales 2°) Que haya cumplido dieciocho años de edad 3°) Que haya sido sometido a un periodo de tratamiento tutelar no inferior a un año, prorrogable en caso necesario hasta la mayoría de edad.
Una vez cumplido estos requisitos, si las modalidades del hecho, los antecedentes del menor , el resultado del tratamiento tutelar y la impresión recogida por el juez, hicieren necesaria aplicarle una sanción, así lo resolverá, pudiendo reducirla en la forma prevista para la tentativa. Contrariamente, si fuese innecesario aplicarle la sanción, lo absolverá.
En este marco, Meneses, manifestó que el tribunal debe analizar la modalidad del hecho y el daño causado. En este caso, indico que la víctima, tenía una hija de corta de edad, que ha quedado sin padre.
Por último, expreso que al no haberse cumplido la totalidad de las medidas impuestas- el pedido de disculpas en audiencia judicial y adquirir un oficio- el Ministerio Publico Fiscal, pretendía la imposición de una pena de 5 años y 4 meses de prisión.
A su turno, el defensor público, señalo que el objeto de la audiencia era debatir la necesidad o no, de aplicar una pena al menor de edad.
Según su criterio, la Fiscalía no cumplió con la obligación de fundar y motivar sus pretensiones.
En este sentido, considero que no se puede endilgar al procesado, un déficit del Estado que no cuenta con cursos de determinados oficios, en esta localidad.
Con respecto, al pedido de disculpas a los familiares de la víctima, explico que no pudo concretarse a raíz de que los afectados, no asistieron a las audiencias judiciales.
Finalmente, considero innecesario la imposición de una pena, en función de que el tratamiento tutelar se encuentra cumplido de manera positiva. En consecuencia, peticiono a los jueces, que eximan de pena a su defendido.
Finalmente, el tribunal se retiro a deliberar, e informo que el martes 19, a las 08:00. darán a conocer su resolución.
LOS HECHOS
El martes 4 de marzo del 2014, a las 3:30 , en el interior del bar "Rincón de Amigos I" se produce un forcejeo entre Miguel Aramayo y Gustavo Ñancuan. La propietaria del local, interviene en la discusión, y los retira a la vereda de la calle Alberdi.
En el exterior del bar, el grupo agresor quedo conformado por los otros tres imputados y dos individuos, que no fueron identificados.
La víctima es perseguida por seis personas. Al llegar a la esquina de calle Alberdi y Avenida San Martin, recibió un disparo por la espalda.
Desde ese lugar, corrió en dirección a la intersección de las calles San Martin y Uruguay Luego escapo hacia la calle General Roca.
El grupo de atacantes, se demoro en la persecución de la víctima, cuando en la esquina de Roca y Uruguay, interceptaron a dos jóvenes a los que apuntaron con un arma de fuego. Les revisan los bolsillos, con intención de robarles dinero, y luego continuaron su recorrido.
Finalmente, a las 3:45, el cuerpo de Gustavo Ñancuan, apareció recostado contra la pared del edificio ubicado en Uruguay y San Martin. Estaba sin signos vitales y con un orificio de un disparo de arma de fuego.
La autopsia médica forense, informo que la bala ingreso a nivel del tórax, le atravesó el pulmón y el corazón.
Su hermano, en tanto, fue ubicado en su domicilio. Más tarde, recibió asistencia sanitaria en la guardia del Hospital Rural.