Trelew

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Juicio abreviado en caso de violación de domicilio y abuso sexual

  David Jiménez, alias "el neuquino", reconoció los hechos y su participación en los mismos, y contando con el consentimiento de las víctimas, se realizó un juicio abreviado, previsto en el artículo 355 del Código Procesal Penal, evitando ser sometido a un juicio oral y público.

  En efecto, cuando iba a comenzar el debate correspondiente, el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Arnaldo Maza, solicitó una prórroga para poder trasladarse a Gaiman, con el fin de consultar a la víctima, una mujer de 74 años, y a su hermana, quien es su apoyo afectivo, sobre una propuesta de la defensa, ejercida por Enrique Maglione, y el acusado.

  Una vez efectuada la entrevista, a la que concurrió con el funcionario de fiscalía Omar Rodríguez, el fiscal Maza informó que las víctimas fueron puestas en conocimiento de lo que significaba el mencionado instituto de juicio abreviado, estando en un todo de acuerdo para que se proceda a su aplicación.

  En la reanudación de la audiencia, se dió a conocer estos detalles, indicándose que el Jiménez reconocía ser autor de violación de domicilio y abuso sexual con acceso carnal, artículos 54, 150, 119 3er párrafo del Código Penal, acordándose una pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo.

  El propio defensor expresó estar de acuerdo con lo señalado por la fiscalía, en tanto Jiménez reconoció lo sucedido y su protagonismo, manifestando además estar en conocimiento de lo que era un juicio abreviado.

  Tras esto, el tribunal integrado por los jueces Darío Arguiano, José García y Laura Servent, dieron a conocer que al aplicarse un juicio abreviado actúan tres magistrados previéndose una pena de hasta ocho años. Al acordar las partes una pena menor, puede regir la audiencia un solo juez, nominando en tal sentido a la doctora Laura Servent, quien finalmente se hizo cargo de la audiencia.

  Luego, el fiscal dió a conocer como fueron los hechos, presentando las pruebas colectadas, tratándose de elementos testimoniales y documentales, los cuales enumeró.

  El 18 de diciembre de 2010, cerca de las 3,30, una persona ingresó a través de una ventana al domicilio de la mujer mayor de edad, en Gaiman, dirigiéndose en primer término hacia la cama donde la moradora dormía. En esa situación, se abalanzó sobre ella en forma violenta, propinándole golpes, a la vez de abusar y someterla en varias oportunidades, mientras le gritaba: "hacé lo que te digo o te mato".

  David Jiménez tenía orden de captura desde aquel momento, lográndose su aprehensión en la provincia de Neuquén, desde donde fue trasladado para permitir el inicio del proceso judicial, realizándose la respectiva audiencia de control en el mes de diciembre de 2011.

Razonabilidad y antecedentes

  Para arribar al juicio abreviado, el Ministerio Público Fiscal entendió que se daba la razonabilidad del acuerdo, a partir del consentimiento expreso manifestado tanto por la víctima como por sus familiares mas directos. Por otro lado, tuvo en cuenta los antecedentes de casos similares, como el dado hace poco tiempo atrás, cuando en un hecho similar un chofer de colectivo escolar fue encontrado culpable, y ante la misma situación de Jiménez, mas allá de solicitar una pena de nueve años, finalmente fue condenado solamente a seis años, luego del juicio oral y público.

  La Jueza Ana Laura Servent, dará a conocer la validez de lo determinado por las partes en este juicio abreviado mañana en horas del mediodía.

 

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