Angel Molina fue detenido en las últimas horas y debió someterse a sendas audiencias relacionadas con hechos diferentes y por las cuales tenía declaración de rebeldía y pedido de captura. Sin embargo, el imputado acudió en forma voluntaria para hacer frente a los hechos que se le endilgan y así durante la mañana concurrió a una audiencia de control y posteriormente a otra donde se solicitó la suspensión de juicio a prueba.
En la primera de ellas, el Ministerio Público Fiscal representado por la funcionaria de fiscalía Verónica Alabart le adjudicó haber sido partícipe necesario en un hecho ocurrido el 12 de enero de 2018 en esta ciudad, cuando a las 20,30 un menor de 17 años fue interceptado por Gastón Zabala en Urquiza Norte y Edwin Roberts, efectuando cuatro disparos que dieron en la humanidad de la víctima produciendo graves heridas en tórax y abdomen. El autor pudo escapar del lugar ya que era esperado por Molina en un Peugeot 207, dándose ambos a la fuga.
El Juez José García consideró que son suficientes los elementos para que el imputado quede detenido, aunque dispuso la realización de medidas dentro de las próximas 48 horas, a la vez que decidió tomar declaración a la víctima del suceso con el fin de efectuar aclaraciones respecto a diferentes versiones traídas por las partes. Zabala permanece detenido hasta el 12 de junio, en que se revisará la situación, mientras en las próximas horas y de acuerdo a los resultados de las medidas exigidas se decidirá la suerte de Molina, quien en esta audiencia fue defendido por Abdón Manyauik.
Posteriormente, el imputado debió asistir a una audiencia que en su origen iba a ser un debate por un robo agravado en grado de tentativa. En este caso, la defensora Zulma Manyauik, presentó una propuesta basada en la aplicación de suspensión de juicio a prueba, con la ejecución de cuarenta horas de trabajos comunitarios en el término de seis meses y la firma en oficina de ejecución cada tres meses.
La fiscal general Griselda Encina indicó que el viernes pasado se dispuso esa medida para con la consorte de causa participante junto a Molina en este hecho, y había contado con el consentimiento de la víctima. En la ocasión señaló que se dan los criterios fijados en la norma correspondiente para la aplicación del instituto ya que no existen antecedentes condenatorios y la pena en expectativa es de un año y seis meses como mínimo.
Ante esta instancia, el Juez Sergio Piñeda resolvió la aplicación de la suspensión de juicio a prueba, de acuerdo al ofrecimiento defensivo y la postura de la fiscalía, aunque el cumplimiento de tal procedimiento quedará en suspenso por la detención que por el momento padece Molina, debiendo cumplir con lo dispuesto una vez que se decida la fecha en que se determinaría su libertad.