Trelew

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Apertura de investigación y prisión preventiva por hechos de violencia de género

Una persona ya estaba condenada a prisión con ejecución condicional, pero al violar las pautas de conducta dispuestas, el Ministerio Público Fiscal representado por la procuradora de fiscalía Guadalupe Serafini acompañada por la abogada Rocío Silva, presentó una nueva imputación durante una audiencia de control de detención llevada adelante en sala de oficina judicial ubicada en tercer piso de tribunales en Trelew.

Relató la procuradora que el 29 de mayo pasado en circunstancias que la víctima se dirigía hacia la escuela que asiste en horas de la tarde es interceptada por A.E.M. que comienza a insultarla y le exige ver al nene. Ante la reticencia de la joven, el agresor continúa con su acción hostigante, pero alcanza a escapar de la situación llegando al establecimiento donde es recibida por personal del lugar que logran contenerla.

Posteriormente, el 4 de junio el imputado la llamó una innumerable cantidad de veces, unas dieciocho al menos, entre las doce de la noche y tres y media de la madrugada, con amenazas hacia ella y su padre, exigiendo que vuelvan a estar juntos y expresando cosas como: “vas a aparecer en una zanja”, “a tu viejo lo voy a apuñalar”, entre improperios e insultos hacia su persona.

Recalcó la fiscalía que el imputado A.E.M., defendido por Facundo Larretchea, en fecha 3 de mayo pasado, mediante sentencia 1539/2024 resultó condenado como autor por amenazas simples, dos hechos y desobediencia, tres hechos, en concurso real y en el contexto de violencia de género a tenor de las previsiones de la Ley 26485, a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por hechos ocurridos en perjuicio de la misma víctima, imponiendo pautas de conducta por el término de dos años, que incluían la prohibición de acercamiento, la firma del libro en agencia de supervisión y además se le colocó una tobillera electrónica. Es decir que existía una orden de autoridad competente de la que el imputado se encontraba debidamente notificado, que se encuentra aún vigente y que el mencionado transgredió.

En esta ocasión el Ministerio Público Fiscal calificó los hechos como delitos de desobediencia, dos hechos y amenazas a tenor de los artículos 239 y 149 bis en carácter de autor y en concurso real, artículos 45 y 55 del código penal, en el contexto de la Ley nacional 26485 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género.

En consecuencia y valorando los elementos y solicitudes realizadas por la fiscalía que además informó sobre otros antecedentes que pesan sobre el imputado, el Juez Marcos Näpoli resolvió la apertura de investigación por el plazo legal de seis meses y la imposición de tres meses de prisión preventiva para A.E.M., de acuerdo a la calificación provisoria.

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