En una nueva y extensa audiencia llevada adelante en la sala de audiencias del sexto piso de tribunales en Trelew, el Ministerio Público Fiscal expuso sobre los agravios que consideran se dan con la decisión adoptada por la Jueza Ivana González, cuando el 10 de marzo pasado resolvió dejar en libertad a Emiliano Nicolás, en la causa que se investiga la asociación ilícitia y varios delitos más, relacionada con la comercialización de automóviles.
La doctora González actuó en calidad de subrogante, a partir de una resolución emanada del Superior Tribunal de Justicia, que resolvió renovar el debate sobre la prisión preventiva del imputado mencionado, tras una presentación efectuada por el defensor Oscar Romero, vía hábeas corpus, el 1ro. de marzo, dando a conocer la decisión el 9 del mismo mes. La interpretación de aquel resolutorio efectuada por la magistrada fue la de ceñirse al tratamiento de la prisión preventiva, sin permitir agregar nuevos elementos al Ministerio Público Fiscal, que hubiera significado sumar mas hechos, en la mayoría de los cuales también participó presuntamente Emiliano.
La fiscalía, representada en la audiencia por los fiscales generales María Tolomei y Marcos Nápoli, acompañados por el funcionario Enrique Kaltenmeier, expusieron ampliamente sobre lo que consideran falta de fundamentación legal y lógica de la Jueza, alegando también sobre el impedimento ejercido para cumplir con los deberes del fiscal y la afectación a la garantía de independencia de un Juez natural.
Según la parte acusadora, la Jueza eligió la vía de presunción, ante la falta de claridad del escrito elevado por el Superior. En efecto, aludiendo a los dichos de la doctora González en la audiencia anterior, ésta dejó en claro que no se trataba de un hábeas corpus, sobre lo que no se decía nada, tampoco de una revisión y solo pudo argumentar que había recibido una orden de renovar un debate sobre prisión preventiva. Para el Ministerio Público Fiscal la colegiada solo tuvo la presunción, y así lo expresó, acerca de lo que ella entendía: “debo interpretar que se ha nulidificado la decisión de Zaratiegui”, dijo en su momento, esgrimiendo la fiscalía que otra presunción es la del apartamiento del juez natural de la causa cosa que en ningún lado se manifiesta de parte del Superior en su escrito.
Por otro lado, también se hace referencia a un sumario, pero no se clarifica a quien o quienes ni se fundamenta, pero mas allá de todo esto impuso la prohibición a los fiscales para aportar todas las circunstancias de 16 nuevos hechos denunciados después de la apertura de investigación. La doctora Tolomei señaló que la Jueza tomó una decisión afectada desde su propia base, remarcando la arbitrariedad ejercida a través de la inobservancia de los derechos y garantías fijados por normas y tratados internacionales, lo que impide el libre ejercicio de la tarea del fiscal, afectando a las víctimas, sin tener en cuenta el artículo 112 del código procesal penal, siendo esto causal de nulidad de su decisión, observándose una falta de fundamentación legal.
Agregaron los fiscales argumentos acerca de la falta de fundamentación lógica, ya que no permitir observar la situación del imputado con la sumatoria de nuevos hechos deriva en un absurdo, transformándose la audiencia en una ficción. Aún reconociendo la dificultad de la Jueza para interpretar la resolución del Superior, no le da razonabilidad para tomar la decisión adoptada finalmente, con la libertad del imputado.
El fiscal general Marcos Nápoli habló sobre la afectación a la garantía de independencia del Juez natural, indicando que no se tuvo en cuenta lo decidido por tres jueces, sin fundamentación alguna y esto encierra una gravedad institucional. Aparentemente tres jueces van a ser sumariados y no se sabe porque, dijo Nápoli, preguntándose si esto no es ejercer una presión sobre ellos, y subrayó la violación de artículos previstos en el código procesal penal, la constitución nacional y otras normas vigentes. El Ministerio Público Fiscal pidió retrotraer la situación y declarar la nulidad de la determinación de Ivana González, a la vez que comunicó el pedido elevado por la Procuración General al Superior Tribunal de Justicia interponiendo un recurso de aclaratoria respecto de lo resuelto en el pleno que derivó en estas instancias.
Por su parte, el defensor se explayó en oposición a todo lo vertido por la fiscalía, al aseverar que la resolución del Superior Tribunal es mas que clara, interpretándose que existe el apartamiento del Juez natural de la causa. Dijo que se había venido a esta audiencia a revisar la decisión de la Jueza Ivana González, pero se terminó fustigando el escrito del Superior, pero ni el mismo Ministerio Público Fiscal expuso su criterio al respecto, mas allá de las críticas vertidas. Pidió a los Jueces revisores José García y Sergio Piñeda confirme la decisión de la magistrada, dejando en libertad a su cliente Emiliano Nicolás.
Resolución
Los Jueces José Alberto García y Sergio Piñeda coincidieron en confirmar la resolución de Ivana González al expresar ambos que se ajusta a derecho y esta fundada en el artículo 169 del código procesal penal. Fundamentaron esto, asegurando que la magistrada fue dando a conocer cada una de las medidas, como por ejemplo que es cierto que privó la utilización de nuevos hechos a la fiscalía, pero lo mismo hizo con el defensor, y aceptó su competencia no siendo en forma arbitraria, ya que debió interpretar una manda del Superior Tribunal de Justicia en pleno. Ha sido una interpretación a la cuál estuvo obligada, guste o no guste a las partes, pero es una orden dada por un órgano superior.
De todos modos, García dijo que no puede mas que compartir los criterios vertidos ya que el planteo de Romero en su recurso al Superior fue uno, y se terminó resolviendo sobre otra cosa, y eso encuentra hoy a los jueces en esta situación. Compartieron que la del Superior Tribunal de Justicia fue inédita, careciendo de claridad.
Nuevos hechos
En consecuencia, Emiliano Nicolás continuará en libertad, con medidas sustitutivas consistentes en prohibición de acercamiento y firma en la oficina de ejecución tres veces por semana. Cumpliendo la medida de coerción sigue el resto de la familia: Roberto Nicolás, Patricia Sendín y Guillermo Nicolás, aunque para las próximas horas se espera la realización de una nueva audiencia donde el Ministerio Público Fiscal solicitará la ampliación de la apertura de investigación, con la inclusión de catorce nuevos hechos que ya fueron debidamente notificados, tras las denuncias radicadas en fiscalía a partir del 11 de febrero.