Trelew

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Prisión perpetua y reincidencia para Martín Espiasse

El Tribunal da a conocer sentencia  El condenado, su defensor y la guardia  El querellante Javier Romero, por la parte acusadora  Defensor y acusado se despiden luego de conocida la sentencia

  El tribunal de enjuiciamiento integrado por los jueces Darío Arguiano, Patricia Asaro y Gustavo Castro dieron a conocer hoy la sentencia que recae sobre Martín Alejandro Espiasse, tras el juicio oral y público, al que fue sometido por estar involucrado en los hechos ocurridos el 15 de junio de 2007 en adyacencias del Ministerio de Economía, Rawson, donde resultaron muertos los policías Oscar Cruzado y Pablo Rearte.

  A pedido de las partes, se leyó solamente la parte resolutiva, exponiendo el presidente del cuerpo colegiado que la fundamentación ocupa unas ciento diez carillas.

  El mismo juez informó en el primer punto que fueron rechazadas las nulidades y las solicitudes de inconstitucionalidad realizadas por la defensa. En segundo término, se declara la autoría penalmente responsable de Martín Espiasse, alias "Matías Lagos González", nacido el 29 de mayo de 1978, de homicidio "críminis causa", en carácter de coautor, artículos 80, inciso 7 y 45 del Código Penal por los hechos antes mencionados.

  Posteriormente, el tribunal determina la prisión perpetua y declara la reincidencia por primera vez de Espiasse, de acuerdo a los artículos 12, 50, 80 inciso 7 del Código Penal.

  Quien ejerció como defensor, Sergio Rey, solicitó una copia de la sentencia para el acusado, a la vez de pedir el alojamiento del condenado en la unidad 6 de Rawson, mientras transcurra el tiempo establecido en las normas que permitan una posible apelación, aclarando que seguirá asesorado por la abogada Coitroru. En tal sentido, se indicó que se pondrá en conocimiento de tal petición a las autoridades del penal para su cumplimiento.

  En esta audiencia de lectura de sentencia, realizada en la sala de audiencias, cámara del crimen, sexto piso del edificio de tribunales, estuvieron presentes por la parte acusadora, el querellante particular, Javier Romero y el defensor público Sergio Rey, además del acusado, no habiéndose contado con presencia de público.

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