La víctima exigió acciones para la reinserción
En una audiencia presidida por el Dr. Roberto Barrios se acordó, a instancias de quien resultara damnificada en el hecho, la concurrencia de un jóven a un taller de oficios, en este caso de herrería, con el fin de buscar una salida labora para el futuro que permita una adecuada reinserción social.
El imputado, de 22 años, pidió disculpas por lo sucedido en la misma audiencia y se comprometió a presentar el certificado respectivo de concurrencia al taller de herrería que funciona en un barrio de Trelew, el próximo miércoles, explicando que además se encuentra cursando sus estudios.
La voluntad de la persona afectada por un robo en grado de tentativa, según lo calificado por el Ministerio Público Fiscal, fue comunicada por la funcionaria Mariela Wild, quien además indicó que otro individuo protagonista del incidente permanece en rebeldía. El hecho había ocurrido el 16 de julio de 2007, cerca de las 17 hs., cuando estas dos personas rompieron un ventanal perteneciente a un comercio de vestimentas, ubicado en Belgrano y 25 de mayo, apoderándose de diversas prendas, fugando luego por el Pasaje La Rioja hasta 9 de Julio, siendo detenidos por personal policial de la seccional segunda, que había sido alertado al activarse la alarma, procediendo a la requisa y el secuestro de los elementos indicados.
El Ministerio Público Fiscal, a partir del acuerdo de la denunciante, propuso la aplicación del instituto, según el artículo 47, ratificando esta decisión la Defensa, representada por el Dr. Marcos Nápoli, supeditando el sobreseimiento de su cliente a la efectiva concurrencia al taller, tal cuál lo comprometido.
El Juez decidió no continuar con la causa, siempre y cuando concurra al lugar referido, y teniendo presente lo manifestado dio plazo hasta el miércoles para presentar la constancia respectiva
El artículo 47 del Código de Procedimiento Penal habla de la conciliación, y expresa que las partes podrán arribar a conciliación en los delitos con contenido patrimonial cometidos sin grave violencia física o intimidación sobre las personas, en los delitos de lesiones leves o en los delitos culposos.
Agrega que el Juez homologará el acuerdo, si correspondiere, y dictará el sobreseimiento. La resolución de homologación constituirá suficiente título para perseguir su cumplimiento, conforme con las reglas sustantivas del derecho privado y según previsiones, previstas en el mismo Código.