Trelew

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Dos meses de prisión por tentativa de homicidio

En una audiencia llevada adelante en la sala de la cámara penal, ubicada en el sexto piso de tribunales, el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general jefa Silvia Pereira, solicitó la apertura de investigación por un hecho ocurrido el 26 de enero, en donde se imputa a un jóven de haber disparado a su víctima. El Juez actuante fue Sergio Piñeda, mientras que la defensa fue ejercida por Sergio Rey, quien disconforme con lo decidido pidió la revisión por dos jueces.

La doctora Pereira indicó que el hecho tuvo lugar el 26 de enero, aproximadamente a las 22,10, en circunstancias que la víctima de 25 años se encontraba en su domicilio ubicado en calle Ceferino Namuncurá al 4200 de esta ciudad, apersonándose Ezequiel Labat en un vehículo Ford Ka, acompañado por una mujer. Llama a quien resultó víctima y cuando esta sale, previo a manifestarle: “eh, vos me querés entregar…”, extrae luego un arma de fuego tipo revólver calibre 32 largo, color cromado, sabiendo lo que hacía y conociendo el poder vulnerante del arma que portaba efectúa un disparo en dirección a la cabeza, rozando el proyectil el cráneo de la víctima, que fue trasladada al hospital zonal de Trelew donde fue atendido.

Según la fiscal, los hechos relatados en principio resultan captados por los artículos 79 y 42 del código penal, esto es constitutivo del delito de homicidio en grado de tentativa. Argumentó sobre los riesgos de fuga y entorpecimiento, dando cuenta que hay procedimientos a realizar, entre los que se encuentran la declaración de testigos. Manifestó que el imputado estaba involucrado en diversas causas, y que en una de ellas se le había otorgado la suspensión de juicio a prueba sin el consentimiento del Ministerio Público ni de la víctima. Pidió dos meses de prisión, tiempo que consideró suficiente también para llevar adelante la investigación.

Mientras tanto, el defensor Sergio Rey aseveró que observaba de parte de la fiscalía una persecución hacia su cliente, aludiendo inclusive a la presencia de la prensa del Ministerio Público en la sala. Dijo que Labat fue sometido a una audiencia el día 27 de febrero donde se procedió a la suspensión de juicio a prueba, acentuando la inactividad puesta de manifiesto por la fiscalía en este hecho, y además expresó que sospechosamente fue declarado en rebeldía y el día 28 se produce el allanamiento y la detención. Cuestionó también la posibilidad que uno de los testigos menor de edad sea sometido a una cámara gessel, al señalar que la asesoría no recomendaba esta situación. Indicó que durante su extensa trayectoria en el poder judicial no había visto una actitud persecutoria similar, pidió la libertad de su defendido, al poner en duda también que se tratara de un disparo la herida en cuestión, ya que todavía no se ha efectuado la pericia correspondiente.

Ante esta posición, la doctora Pereira aseguró que la rebeldía del imputado fue dictada el 7 de febrero y el pedido de allanamiento y detención se comunicó el día 27, mientras que refiriéndose a la declaración de un testigo menor, es el servicio de asistencia a la víctima del delito quien tiene facultades para permitirlo. Insistió con la apertura de investigación y la medida de coerción, al considerar que existe probabilidad de autoría, y los peligros procesales de fuga y entorpecimiento.

Por su parte, el Juez luego de escuchar a las partes, dijo que estaba en juego la prescripción de la acción penal en caso de existir inactividad de la parte investigadora y manifestó que el hecho ocurrió el 26 de enero, por lo que se está dentro de los perímetros permitidos para rechazar esa posibilidad. Otorgó razón a la defensa en cuanto a que las causas en que se involucra al imputado, están sobreseídas o con suspensión de juicio a prueba, no pudiéndose considerar como antecedentes. Sin embargo, sobre el hecho concreto, manifestó que la fiscalía presentó elementos suficientes para proceder a la apertura de investigación, tratándose de un episodio grave y en horas de la noche. Dijo que la calificación esgrimida por la fiscalía tiene una pena mínima de cuatro años y acordó sobre la existencia de los peligros procesales para dictar la prisión preventiva por el término de dos meses, tiempo fijado para la duración de la investigación.

Luego de tal determinación por parte del magistrado, el defensor Sergio Rey solicitó la revisión de esa decisión por dos jueces, tal lo permitido por las normas recursivas al respecto.

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