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Juicio por la muerte de Nai: se escucharon alegatos y hoy se conocerá veredicto

  El 2 de agosto de 2014, cerca de las 6,30, Primo Humberto Nai resultó víctima fatal cuando su automóvil fue embestido por un vehículo citroén conducido por el joven Juan Pablo Assin en la intersección de Michael Jones e Yrigoyen. En el mismo hecho también recibió lesiones graves la mujer de Nai, quienes circulaban por la primera de las arterias mencionadas.

  El juicio oral que se desarrolló durante varias jornadas, tuvo su etapa de alegatos, donde el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Osvaldo Heiber enfatizó sobre el dolo eventual que le cabe al imputado en esta causa, acusándolo de homicidio simple y lesiones graves en concurso ideal, calificación compartida por el querellante particular Matías Cimadevilla.

El imputado

  Previamente declaró Juan Pablo Assin, quien emocionalmente quebrado, manifestó lo que hicieron la noche del 1ro. de agosto, cuando se juntaron a cenar con amigos y posteriormente se dirigieron al boliche “Rexo”, para luego decidir con uno de ellos retirarse del lugar, ya en la madrugada del 2 de agosto. Tomaron el automóvil en la calle Roca y desde allí doblaron por Yrigoyen: “me empezaron a tocar semáforos en verde y paso a un auto rojo una cuadra antes del accidente…nunca imaginé que me iba a pasar una cosa así”, expresó el imputado, para luego agregar que ve el semáforo de Michael Jones en amarillo y avanza, y ahí es cuando observa el auto blanco  al frente, intentando frenar cosa que no logra, por lo que pega un volantazo hacia la izquierda, sin poder esquivarlo.

  “Después me intentan sacar del auto, yo pude salir y pedí que llamen a mi tía. No entendía mucho que pasaba, pero entre tanta gente que hablaba escuché que había fallecido una persona; me sentí terriblemente mal y me fui a sentar a la vereda”, aseveró el joven. “Quiero pedir perdón a la familia, también mi vida cambió un montón y no puedo parar de pensar, pido perdón por todo lo que está pasando”, completó en medio del llanto.

Alegato fiscal

  En su alegato, el fiscal general argumentó sobre la materialidad y autoría, destacándose los dichos de varios testigos que aseguran el exceso de velocidad y el paso en rojo del semáforo por parte de Assin. Hizo hincapié en las filmaciones de las cámaras de seguridad, exhibidas durante el debate y donde puede verse claramente las circunstancias del hecho.

  Resaltó la pericia accidentológica que demostraría que el auto en cuestión venía a una velocidad mínima de 72 kms, excediendo el límite normal, como así también la presencia de alcohol en la sangre, siendo de 0,72 grados por litro, presumiendo que a la hora del suceso podría haber estado con 1,51, cuando el máximo permitido es de 0,50.

El dolo eventual y la calificación

 Según el doctor Heiber, la conducta encuadra en dolo eventual, tenía registro de conducir vigente por lo que conocía las reglas mínimas establecidas, no respetando ninguno de los ítems, previa ingesta de alcohol, lo que no permite coordinar adecuadamente, siendo esto un cóctel cuyas consecuencias previsibles son el accidente. Trayendo a colación algunos antecedentes sobre la temática, señaló que el imputado comprendía la criminalidad del acto en dominio de sus facultades, mas allá de la excesiva ingesta alcohólica.

  En lo que respecta a la calificación dijo que se había comprobado durante el juicio la existencia del delito de homicidio simple con dolo eventual y lesiones graves con dolo eventual, en concurso ideal, y subsidiariamente, en caso que el tribunal no resuelva en este sentido, solicitó la condena por homicidio culposo y lesiones culposas debido a conducción imprudente y antireglamentaria.

Querella

  El querellante particular, Matías Cimadevilla calificó como contundente el relato fiscal, adhiriendo a su postulado, resaltando que los jueces deben decidir entre homicidio culposo y doloso. Dejó constancia de la actitud del imputado una vez registrado el accidente, de acuerdo a testimonios escuchados, dando a entender también que la familia víctima no había obtenido ningún resarcimiento de la aseguradora correspondiente, debido al dosaje de alcohol positivo, situación ésta que luego fue negada por el abogado defensor.

La defensa

  Justamente el doctor Fabián Gabalachis aludió durante su alegato a coincidencias y serias discrepancias con la parte acusadora. En ese aspecto, no está controvertida la materialidad y la autoría, aunque sí expuso contradicciones en lo que se refiere a determinadas pruebas y a la calificación legal pretendida.

   Rechazó la posibilidad del dolo eventual, exponiendo sobre doctrina al respecto, para indicar que la fiscalía se apoyó en la teoría de la representación, siendo muy difícil penetrar en la siquis del autor, cuando solamente se tiene como cuestiones precisas la conducta y el hecho en sí. Es imposible afirmar que el defendido buscaba ese resultado, aseguró Gabalachis, sugiriendo que Assin siempre quiso evitar el accidente y así lo determinan algunos testimonios y la propia pericia, cuando dan cuenta que quiso frenar para evitar la colisión, a la vez que estimó como probable que haya visto el semáforo en amarillo, siguiendo la onda verde de la avenida Yrigoyen.

  Insistió que la conducta no puede aplicarse a una condición dolosa, y admitió una posibilidad culposa, aunque evidenció que no hubo por parte del fiscal ni la querella una fundamentación sobre esto último cuando se hizo una solicitud subsidiaria. Por consiguiente pidió al tribunal desestime el homicidio simple con dolo eventual, proponiendo un delito culposo, el que ante las falencias en su consideración acusatoria, no debería existir condena en tal sentido.

Veredicto

  El tribunal, integrado por Marcelo Nieto Di Biasse, José García y Fabio Monti, comunicó que hoy a las 17, en acuerdo con las partes, dará a conocer el veredicto correspondiente.

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