Trelew

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La Jueza Tolomei emitió una resolución enmarcada en fuerte perspectiva de género

La decisión de la Jueza María Tolomei fue resuelta en una audiencia de control de detención realizada esta mañana, a partir de la postulación del Ministerio Público Fiscal representado por la fiscal general jefa Silvia Pereira, luego que una persona con antecedentes fuera detenida tras un allanamiento autorizado y debido a un hecho grave de violencia de género sucedido en Trelew.

Durante la audiencia desarrollada en sala de oficina judicial, tercer piso de los tribunales, la doctora Pereira relató que el 30 de noviembre de 2021 el imputado se apersonó a un domicilio donde se encontraba su ex pareja y aprovechándose de la relación asimétrica existente, previo a mantener una discusión con la misma, rompió la mesa de madera que forma parte del mobiliario de la vivienda y tomó un trozo golpeándola furiosamente en el rostro con dicho elemento, provocándole graves heridas de las cuales trata hoy de recuperarse, todo en un contexto de violencia de género.

Los hechos califican como lesiones graves agravadas por resultar persona con la cuál mantiene una relación de pareja y por mediar violencia de género, artículos 90 y 92 en relación al artículo 80 inciso 1 y 11 del código penal, todo enmarcado en la ley 26485 de violencia en perjuicio de la mujer. Expuso la fiscal acerca de los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento, enfatizando sobre los antecedentes del agresor, que en la oportunidad fue defendido por Sergio Rey.

En ese sentido, destacó la sentencia por la que fue condenado el 8 de junio de 2011 a la pena de doce años de prisión por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, ambos en menor de trece años, en la modalidad de delito continuado y en carácter de autor. El delito que se le enrostra tiene una expectativa de pena de tres a diez años de prisión lo que hacer presumir, que en caso de recaer condena, la misma será de cumplimiento efectivo, en atención a que claramente con la existencia del antecedente condenatorio enunciado, no permite que sea de modo condicional, como así también recaerá sobre el imputado la declaración de reincidencia, de acuerdo al artículo 50 del código penal.

La Jueza María Tolomei valoró los elementos colectados por el Ministerio Público Fiscal y puso mucho énfasis en destacar que los graves hechos se dan con características enmarcadas en una perspectiva de género, al resaltar la violencia ejercida contra la mujer, violando normas vigentes como la ley 26485 y otras en tal sentido que protegen los derechos de la víctima. Así, resolvió la apertura de investigación correspondiente y le impuso tres meses de prisión preventiva, término en que se podrán observar los avances de la investigación respectiva para decidir al respecto.

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