Una presentación efectuada por la defensa derivó en la realización de una audiencia de revisión de la prisión preventiva que lleva adelante un imputado involucrado en grave hecho de violencia de género, donde la fiscalía estuvo representada por la fiscal general jefa Silvia Pereira y la funcionaria Rocío Lorenzo, quienes expusieron nuevos elementos con los que indicaron que persiste la probable autoría.
Durante la audiencia, el defensor Franco Bonavita intentó cambiar la situación procesal de su cliente aludiendo a declaraciones efectuadas por presuntos testigos, pero la fiscalía señaló que esas consideraciones estaban hechas en forma parcial sin tener en cuenta la totalidad de los elementos colectados hasta el momento. Además se pudo escuchar uno de los momentos principales con el llamado telefónico a la policía y la medida principal que falta realizar que sería el testimonio de la propia víctima, quien se encuentra afectada con graves lesiones, situación que podría llegar a considerarse en el futuro como un intento de femicidio, lo que llevaría a una pena elevada de efectivo cumplimiento.
El 9 de febrero de 2025, siendo aproximadamente las 2 en un domicilio de esta ciudad ubicado en un primer piso, el imputado C.E.G. se encontraba con su pareja, con quien no convivía pero mantenía una relación pública y estable desde hacía un año. Tras una discusión y escena de celos por parte del agresor, la mujer intentó llamar un taxi para marcharse pero él le arrebató el teléfono y cerró la puerta con llave impidiendo que ella pudiera salir. Ante la advertencia de la víctima de salir por la ventana, la tomó de los brazos y la empujó sobre la cama restringiendo su movimiento. Después de unos minutos y ante la insistencia por salir, el hombre finalmente le abrió la puerta, pero con el claro propósito de causarle daño y aprovechándose de la relación asimétrica de poder existente, al ver que su pareja intentaba irse, decidió empujarla provocando que cayera al vacío o por las escaleras.
Luego de todo esto cerró la puerta del domicilio sin preocuparse por el bienestar de la mujer y al notar que pasó el tiempo y no había abandonado el lugar, además que estaba siendo ayudada por su propia hermana, el imputado la arrastró por el patio con la intención de sacarla afuera. Fue en ese instante que llegó el personal policial para impedir que continuara con la agresión, aunque sin perjuicio de ello continuaba con insultos y amedrentamiento hacia la víctima diciéndole que si lo dejaba la iba a matar. A raíz de esto, la mujer sufrió numerosas lesiones que aún hoy la mantienen en silla de rueda y a la espera de intervenciones quirúrgicas.
La calificación es por lesiones graves agravadas por el vínculo y mediar violencia de género, amenazas coactivas y privación ilegítima de la libertad en concurso real y en carácter de autor todo enmarcado en la ley de violencia de género 26485, artículos 90, 92 en función del 80 inciso 1 y 11, 149 bis, 141, 45 y 55 del código penal.
Luego de escuchar a las partes la Jueza Carolina Marín indicó que le asiste razón al Ministerio Público Fiscal ya que con los elementos presentados se fortalece la probabilidad de autoría, además que tuvo en cuenta los peligros procesales de fuga y entorpecimiento, para confirmar la continuidad de la prisión preventiva que en principio es de tres meses y que fue dictada en la audiencia de control el 17 de febrero de este año.