En audiencia de control llevada adelante en el tercer piso de los tribunales, el Ministerio Público Fiscal solicitó diversas medidas en relación al hecho ocurrido el 25 de febrero, cerca de las 18,35, durante el cuál se logró detener a Leandro Ramón, de 19 años, Mauro Cornejo, 22 años y Jonathan Méndez, de 26.
Hecho
De acuerdo al relato del fiscal general Osvaldo Heiber, que se encontraba acompañado por el funcionario de fiscalía Rubén Kohler, los mencionados se apersonaron aquel día y aproximadamente a esa hora a un domicilio de la calle Juan de Garay al 1500, transportándose en un vehículo marca volswagen fox con vidrios polarizados, ingresando a un terreno lindero de la casa elegida. Los tres individuos escalaron un alambre perimetral, saltando una reja para introducirse al patio, dañando luego la puerta trasera con una barreta, penetrando en el interior para hacerse de variados elementos, entre ellos: dos televisores LED, una tablet, dos notbooks, una play station, una mochila, un reloj, cámara filmadora, celular, teléfono inhalámbrico y también varias joyas.
Todo esto es llevado e introducido en el automóvil, pero alertado un vecino da aviso a la policía que se aproxima en forma inmediata, intentando los visitantes darse a la fuga, para comenzar una persecución que culmina en El Cármen y Rivadavia, donde son bloqueados por un camión de la brigada de investigaciones y resultan aprehendidos.
Solicitudes de fiscalía
El fiscal pidió el registro del vehículo incautado en la seccional cuarta de policía, con el objetivo de secuestrar los elementos que se encuentran en su interior, pudiéndose sumar varias cosas más que los damnificados habrían dado cuenta. Además solicitó el secuestro de las zapatillas de los tres imputados a fin de cotejar huellas halladas en el lugar, además del celular de uno de los integrantes del grupo, para verificar comunicaciones registradas.
La calificación esgrimida por la fiscalía es robo doblemente agravado en poblado y en banda con escalamiento, pudiendo mutar en el futuro la misma en caso de recuperarse lo robado, ya que pasaría a grado de tentativa. Por el momento el hecho está consumado y fueron encontrados en flagrancia.
El Ministerio Público Fiscal no solicitó medida de coerción para Leandro Ramón, ya que no registra antecedentes condenatorios, aunque sugirió la posibilidad de imponer una prohibición de acercamiento al domicilio perjudicado y la firma del libro en la oficina de ejecución. Distinta es la situación tanto de Méndez como de Cornejo, ya que el primero tiene varios casos en trámite, en etapa de juicio y acumulados, computándose una suspensión de juicio a prueba en 2009 y una condena por varios robos acumulados del 25 de abril de 2014 con la pena de un año de ejecución condicional.
Mauro Cornejo tiene varias causas en trámite por delitos contra la propiedad, una de ellas data del pasado mes de enero, otro caso que ya tiene fecha de juicio oral para el 7 de abril y que fuera cometido en septiembre de 2015, contándose otros sucesos de iguales características en mayo y marzo del año pasado. Tiene una sentencia condenatoria del 8 de octubre de 2014, en el marco de los hechos conocidos como de la banda de LCD, siendo la misma de tres años de efectivo cumplimiento, incluyéndose en esto diez hechos de robo en carácter de autor con asociación ilícita.
La defensa
No se pudo determinar en la audiencia si se encontraba gozando de libertad condicional a propósito de aquella condena, ya que si bien la fiscalía comunicó tal situación, la defensora Angela Gómez Lozano expuso que esto no es así, habiendo cumplido condena en noviembre de 2015. Justamente la defensora oficial interesó en el comienzo de su alegato al Ministerio Público Fiscal por las lesiones que constaban en los rostros de sus clientes, pidiendo la revisación del cuerpo médico forense, independientemente que la madre de alguno de ellos iba a efectuar denuncia respecto del posible trato policial.
Adhirió con la fiscalía en cuanto al tenor de las medidas pedidas respecto de Ramón, y sobre los restantes explicó que tanto Méndez como Cornejo tienen condenas anteriores y han estado juntos en el caso de los LCD. Méndez cumplió con la probation en septiembre de 2014 y un año de prisión en suspenso se saldó en abril de 2015, reiterando que Cornejo ya cumplió con la pena establecida en su momento.
Manifestó que con todos los antecedentes no habría lugar para el peligro de fuga, dado que se podría proyectar una condena mínima de tres años, pudiendo obtener la libertad condicional en el término de ocho meses. Sin embargo, ofreció se aplique para los dos la medida de arresto domiciliario, aseverando que siempre han cumplido con todas las medidas que se les han aplicado.
Resolución
La Jueza de la causa, Ana Laura Servent, dispuso la apertura de investigación considerando por el momento la calificación jurídica elegida por la fiscalía como razonable, aunque pidió acelerar la sustanciación de la causa, fijando un término de cuatro meses, con el compromiso fiscal en este aspecto. Autorizó a los secuestros pedidos en su momento por el Ministerio Público, resolviendo que Leandro Ramón quede en libertad, pero con prohibición de acercamiento y la firma dos veces por semana del libro en oficina de ejecución.
Expresó que fueron detenidos en flagrancia, lo que habla de una participación indiscutible, para afirmar que existe el peligro de fuga, acordando que en caso de haber condena será de cumplimiento efectivo puesto que no es viable la aplicación de un mínimo de pena como lo señalaba la defensora. Consideró que el hecho por sus características no deja de ser grave, resaltando que esto es así dada la reiteración de los mismos, todos de similares características y con el mismo modus operandi, para finalmente determinar en consecuencia la prisión preventiva de Jonathan Méndez y Mauro Cornejo hasta la audiencia preliminar.