El Fiscal General Arnaldo Ramón Maza tuvo a su cargo la acusación, llevando adelante la representación del Ministerio Público Fiscal, en un juicio oral y público culminado hoy con la lectura de sentencia, donde se impuso a Gustavo Mirantes una pena de tres años en suspenso, con costas, mas la inhabilitación especial por el doble de la condena (seis años), al ser considerado autor penalmente responsable del delito de vejaciones en concurso ideal con lesiones graves, agravadas por la calidad de funcionario público, previsto y reprimido por los arts. 54, 80 inciso 9 en relación con el artículo 92, 2da. claúsula, 90 y 144 bis inciso 2do. del Código Penal.
El hecho y los testimonios
La prueba expuesta en la audiencia de debate, desarrollada durante cuatro jornadas, ha permitido demostrar que el día 1ro. de septiembre de 2010, a las 14,30 aproximadamente, en circunstancias que la víctima conducía un vehículo Fiat Duna, en compañía de un hermano y su cuñada, transitando por calle José Ingenieros casi Chaco, del barrio Tiro Federal, es interceptado por el empleado policial Gustavo Oscar Mirantes, quien le cruza el cuatriciclo en que se movilizaba y apuntándole con el arma de fuego reglamentaria, les exige que desciendan del vehículo.
Una vez afuera del rodado, le ordena que se tire al suelo, lo toma del brazo, se lo tuerce y lo tira al piso. Encontrándose el denunciante boca abajo y el policía apoyado sobre él con una rodilla en la espalda, tomándolo del brazo derecho le asesta al menos un golpe en la cabeza con el arma, al tiempo que le decía:"...cerrá el culo...", cuando aquel solo pretendía que le diera una explicación de lo que le estaba sucediendo.
Así lo denunció el damnificado, y en similares términos lo corroboraron en el juicio, su hermano y cuñada, testigos presenciales del suceso. Otra persona que vivía en esa fecha muy cerca de lo ocurrido, dijo haber escuchado una frenada y que al salir de su casa, la gente convocada por los sucesos en el lugar, le decía al empleado policial que cesara de pegarle.
Lesiones
Por otro lado, los médicos intervinientes certificaron las lesiones recibidas, resumidas en una colección hemática en zona occipital, compatible con mecanismo contuso de elemento rígido o semirígido, como así también una limitación por dolor de la movilidad de hombro derecho, compatible con movimiento forzado de dicha articulación, requiriendo estudios de mayor complejidad para establecer el nivel de compromiso lesional, lo que derivó en una reparación a través de cirugía, confirmándose una lesión de tendón de supraespinoso.
Contradicciones
Durante el Juicio, y de acuerdo a dichos de varios policías deponentes, se esgrimió que la detención de la persona denunciante ocurrió con motivo de un hecho de robo ocurrido en jurisdicción de la comisaría cuarta, que deriva en la persecución de un vehículo en el que el o los autores de ese robo se daban a la fuga dirigiéndose por avenida La Plata hacia la jurisdicción de la comisaría segunda. Según el Fiscal Arnaldo Maza durante su alegato, estos testimonios, ofrecidos por la defensa del imputado, pretendían justificar el comportamiento de su cliente, y en ese camino, solo aportaron confusión, incongruencias, contradicciones, no haciendo otra cosa que perjudicarlo, pretendiendo recrear una situación inexistente.
Efectivamente, ese día ocurrió un robo en una casa ubicada en Aaron Jenkins al 200, jurisdicción de la comisaría cuarta, tramitando en caso caratulado "Cadagán, Nelson Omar y otro psa de robo tentado". Examinado el caso se puede afirmar que la casa se encontraba sin moradores cuando se produjo el atraco y no se utilizaron armas de fuego.
Por otro lado, uno de los autores fue detenido en inmediaciones de la vivienda afectada y el otro autor, identificado por personal policial durante la persecución como Carlos Sebastián Acuña, ya que casi chocan de frente con él, abandona el auto, un Peugeot 405 gris oscuro, en Pasaje Chaco, tras lo cuál corre por los patios no logrando su aprehensión. El robo quedó en grado de tentativa debido a la recuperación inmediata de todas las cosas, resultando imposible para los empleados policiales que han declarado, explicar el procedimiento llevado a cabo contra quien resultó víctima y compañía, al vincularlo con el hecho mencionado.
Fundamentos
En la lectura de sentencia, el Juez Sergio Piñeda, dió cuenta solamente de la parte resolutiva, con la presencia del querellante particular, Damián Dantonio y el defensor, Eric Sarríes. Tuvo en cuenta para la determinación lo expuesto por el Fiscal en cuanto a la naturaleza de la acción, las características del bien jurídico lesionado, esto es la libertad y la integridad física de un ciudadano, la extensión y gravedad del daño causados, las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se produjo, además de la gravedad del hecho.
También la Fiscalía resaltó las condiciones socioculturales del imputado, su edad, con un nivel de instrucción media, su función de empleado policial, lo que indica que en su ámbito de autodeterminación, pudo perfectamente actuar de otro modo. Las circunstancias reseñadas nutren de una mayor culpabilidad su comportamiento.