Trelew

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Continuará la detención de imputado por hechos en el marco de violencia contra la mujer

 Se realizó a primera hora de la tarde una audiencia de revisión por la situación de Ismael Prudencio Huaycha, un jóven de 21 años, imputado por diversos hechos ocurridos en perjuicio de su mujer y personas allegadas, enmarcados por el Ministerio Público Fiscal en "violencia de género", de acuerdo a los términos de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, conocida como Belem do Pará, ley 26485 de "Protección integral a las mujeres".

  La audiencia se extendió a partir de la presentación efectuada por el defensor público, Sergio Rey, esgrimiendo la incompetencia de la jueza actuante, en este caso Ivana González, al entender una intromisión del fuero penal en asuntos netamente intrafamiliares, llegando a exponer sobre expresiones efectuadas por la Fiscalía en este sentido y haciendo mención a normas que refieren sobre la potestad de los juzgados familiares para actuar en estos casos.

  Esto fue rechazado de plano por el Ministerio Público, representado por la Fiscal General Jefe Mirta Moreno y la funcionaria de fiscalía Claudia Ibáñez, al manifestar que las imputaciones son delitos previstos en el Código Penal, y es el fuero correspondiente para dar lugar a este tipo de hechos, solicitando la continuidad de la convocada audiencia de revisión, teniendo en cuenta el mes de prisión preventiva impuesto a Huaycha, que vencía en realidad el 16 de septiembre.

  La Jueza estuvo de acuerdo con la postura fiscal, declarando improcedente el planteo de incompetencia presentado por el defensor, considerando que no tenía asidero tal pretensión, y la misma ley la obliga a la continuidad del proceso penal. Aclaró que en ningún momento se utilizó el argumento de violencia familias sino el de género, pero en ambos se dan extremos que deben ser considerados por la justicia penal, exigiendo proseguir con la evaluación de la medida de coerción.

  La Fiscalía expuso acerca de los elementos que se han ido colectando en el transcurso de un mes, enfatizando en los testimonios obtenidos y la necesidad de continuar en tal tarea, mas allá del temor generalizado manifestado por los probables testigos. Indicó el Ministerio Público Fisca que en siete días podría tener lista la acusación respectiva, poniendo un límite de diez días para extender la medida de coerción del imputado.

  El defensor insistió en que se trataban de hechos ocurridos dentro del seno familiar, señalando que así lo dejan entrever las declaraciones, refiriendo inclusive a lo que llamó parcialización de los informes presentados, particularizando en la comisaría de la mujer, donde según expresó se tiene una tendencia favorable a la víctima, cuando el imputado es de sexo masculino. Posteriormente ofreció dichos de una testigo que dice haber visto a la pareja en la iglesia con su hija, pidiendo luego la libertad de su cliente, aunque subsidiariamente solicitó el arresto domiciliario con salidas laborales.

  "Yo tengo que trabajar, no entiendo porque no voy a poder hacerlo, ésto me causa a mi un daño sicológico tremendo..." dijo, entre otras cosas, Ismael Huaycha, quien además aludió a problemas de salud padecidos por su madre, quien vive pendiente de su situación, afirmando que no entorpecería ningún tipo de trámite previsto en la causa.

   La doctora Ivana González practicamente dió a conocer su resolución dirigiéndose al mismo imputado, a quien dijo comprender su pedido, pero existen hechos graves con un grado de probabilidad positiva, y en esta etapa se juzga desde esa posibilidad, existiendo en ella la convicción necesaria, a través de los elementos traídos por la Fiscalía para dar lugar a esa probabilida, determinando de esta manera la prórroga de la prisión preventiva por el término de diez días, cuando se volverá a revisar la situación.

  Ismael Huaycha está imputado por privación ilegítima de la libertad, artículo 142 inciso 1, en perjuicio de una jóven de 19 años, coacciones agravadas, artículo 149 bis, 2do. párrafo, amenazas con armas, artículo 149 bis, primer párrafo, 2da. parte, en perjuicio de la madre de su pareja, amenazas con arma en concurso real con lesiones leves, afectando al padrastro de la jóven víctima, lesiones leves, artículo 89 y amenazas, artículo 149 bis, primer párrafo.

  Todas las imputaciones en carácter de autor y concurso real, artículos 45 y 55 del Código Penal.

Las representantes del Ministerio Publico Fiscal  Aspecto general de la audiencia

 

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