El Tribunal de enjuiciamiento, integrado por los doctores José García, Fabio Monti y Laura Servent, declararon culpable de abuso sexual doblemente agravado por haber sido cometido contra una menor de trece años, con acceso carnal y aprovechándose de la situación de convivencia preexistente, en calidad de autor, artículo 119, tercer párrafo y cuarto párrafo, inciso f del Código Penal.
Materialidad y autoría
Luego de varias jornadas de debate, los magistrados entendieron que se encontraban acreditadas la materialidad y autoría, a través de los elementos presentados por el Ministerio Público Fiscal, representado en la oportunidad por el Fiscal General César Zaratiegui. Refirieron de esta manera, a lo ocurrido en el mes de septiembre de 2010 en Trelew, en al menos una oportunidad.
Graves consecuencias
Esta situación, constatada por los testimonios ofrecidos por la Fiscalía, además de las pericias cuyos resultados confirmaron la certeza de lo sucedido, trajo como consecuencia el embarazo de la menor víctima, quien luego dió a luz una criatura. Tal resultado fue considerado como un agravante por el Fiscal, quien en la cesura de pena solicitó la imposición de 17 años de prisión de efectivo cumplimiento, en una escala que fija para este delito entre 8 y 20 años.
El impacto que esto produjo en la víctima es de una gravedad superlativa, según lo manifestado por los profesionales, dijo Zaratiegui, quien expuso acerca del mecanismo de disociación o negación con el cuál la niña intenta superar su indefensión.
Agravantes
A ésto se agrega, siempre como agravantes para el acusado, el estado de convivencia preexistente, sin que esto pueda ser considerado como doble valoración, ya que el abusador es el padrastro y jefe de familia, con deberes de protección hacia sus conviventes. Resaltó la condición de pastor evangélico, al frente de una iglesia pentecostal, habiendo sorteado también esas barreras para llegar a cometer el aberrante delito.
Además, consideró del mismo modo que el abuso fue llevado adelante dentro del domicilio y en horario nocturno, poniendo énfasis en la diferencia de edad, un hombre de casi 50 años que somete a una pequeña de 12, en aquel momento, aprovechándose de las circunstancias para ofender y atacar sexualmente.
Preventiva
Por otra parte, y alegando que no se ha probado ninguna situación que pueda exculpar al abusador, el Fiscal pidió se mantenga la prisión preventiva, al haberse comprobado fehacientemente la autoría, teniendo en cuenta la expectativa de pena, las características graves del hecho y sus nefastas consecuencias. Todo esto encuadra en el artículo 221, inciso segundo, riesgo de fuga e inciso tercero, debido a la importancia del daño resarcible.
La pena según la defensa
La defensa fue ejercida durante el juicio por Gladys Olavarría y Lisandro Benítez, quienes argumentaron en la audiencia de cesura acerca de lo que consideran atenuantes que pudieran evaluarse para merituar la pena a imponer. En un primer momento, Benítez solicitó la imposición de la mínima aplicable, ocho años, pero a su turno, Olavarría habló de una condena menor al mínimo, aduciendo problemas sicológicos de su defendido, traídos a colación por especialistas, lo que tendría que ser valorado al momento de la sentencia.
El Fiscal General César Zaratiegui, ante esta postura, pidió la unificación en cuanto a los montos solicitados por los defensores públicos, tras lo cuál, ante indicación de los magistrados, la defensa finalmente esgrimió que debería aplicarse una condena de cuatro años, aunque subsidiariamente ofrecieron la posibilidad que se le imponga al pastor ocho años, si así lo entiende el cuerpo colegiado.
Inocente ante Dios
Como ocurre habitualmente en los juicios orales y públicos, antes de dictar sentencia, el tribunal ofrece la posibilidad de expresión al imputado, ya declarado autor penalmente responsable, quien manifestó no sentirse culpable de nada: "delante de Dios siento que soy justo y santo, me declaro inocente", señaló.
El doctor García, como presidente del tribunal, comunicó que la sentencia será dada a conocer el próximo martes en una comunicación a las partes.
Juicio Oral
Cesura o debate de pena
Tribunal: José García, Fabio Monti, Laura Servent
Fiscalía: César Zaratiegui
Defensa: Lisandro Benítez, Gladys Olavarría
Acusación: abuso sexual doblemente agravado contra menor de 13 años con acceso carnal y situación de convivencia preexistente.
Lugar: Sala de audiencias, tercer piso, oficina judicial, edificio de Tribunales, Trelew.