En un pronunciamiento dado a conocer el último 8 de mayo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró que el recurso extraordinario concedido es inadmisible, de acurdo al artículo 280 del Código Procesal, Civil y Comercial, por lo cuál se lo rechaza, firmando los ministros de la Corte Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Raúl Zaffaroni y Cármen Argibay.
La resolución se refiere al caso que alcanzara notable repercusión pública, y por el cuál se realizó un...